Permisos de vuelo de drones (UAS) en España


Permisos de vuelo de drones (UAS) en España

Permisos de vuelo de drones: Esta es la guía de permisos de vuelo de drones: cómo obtener las autorizaciones necesarias para operar en espacio aéreo controlado, sobre aglomeraciones, de noche, más allá del alcance visual (BVLOS) y en zonas especiales (fauna sensible, infraestructuras críticas o de defensa). Repasa antes la normativa de drones (RD 517/2024) y, si vas a operar en categoría específica, la formación STS.

¿Qué es un EARO?

El EARO (Evaluación y Atenuación del Riesgo Operacional), también llamado Estudio Aeronáutico de Seguridad (EAS), analiza los riesgos de la operación que quieres realizar en espacio aéreo controlado. Lo explicamos en detalle en qué es un EARO.

¿Cómo volar drones en espacio aéreo controlado por ENAIRE?

Cómo volar en espacio aéreo controlado por ENAIRE
El estudio de seguridad se coordina con ENAIRE; la autorización la concede AESA.

Si eres operador UAS registrado en AESA y quieres volar en espacio aéreo donde ENAIRE presta servicio de control de tránsito aéreo, estos son los pasos:

  • Realiza un Estudio Aeronáutico de Seguridad (EAS) / EARO que analice los riesgos del tipo de operación (CONOPS) que vas a realizar. ENAIRE facilita plantillas desarrolladas con AESA: EARO genérica y EARO A, que se completan con el catálogo de medidas de atenuación.
  • Accede a ENAIRE Planea y envía tu EAS/EARO mediante el formulario de solicitud. La División de Seguridad de ENAIRE iniciará contigo la coordinación y, al finalizar, te entregará evidencia para operar en las condiciones reflejadas en tu estudio.
  • Consulta el mapa de ENAIRE Drones para comprobar a quién dirigir la solicitud de la operación.

Importante: tu categoría de operación y la clase de tu dron pueden requerir además autorización de AESA. El día del vuelo: comprueba los NOTAM y obtén tu Boletín de Información Previa al Vuelo (PIB); formula el plan de vuelo; atiende las instrucciones del controlador por radio; y cierra el plan de vuelo con la oficina ARO. Para comunicarte por radio con el control necesitas el certificado de radiofonista.

Coordinación de operaciones con UAS

Espacio aéreo controlado frente a no controlado
En el espacio controlado (CTR/TMA) el dron necesita coordinación; en clase G, no.

Los vuelos de UAS en las proximidades de aeródromos y helipuertos (distancias del artículo 45.3.b del RD 1180/2018) requieren coordinación previa entre el gestor de la infraestructura y el operador. También las operaciones especializadas en espacio aéreo controlado y zona FIZ, y los campos de aeromodelismo situados en estas zonas, deben cumplir requisitos adicionales. AESA publica información particular para clubes y campos de aeromodelismo.

Zonificación

Permisos especiales de drones de un vistazo
Los cuatro permisos especiales y su requisito estrella, de un vistazo.

Las limitaciones al vuelo según el lugar de operación se detallan en la guía de zonificación de AESA y en la zonificación de vuelos con UAS según el lugar de operación.

Permisos de vuelo en espacio aéreo controlado (CTR y ATZ) — STS-01

Requisitos específicos:

  • Altura máxima sobre el terreno de 120 m (400 ft), o sobre el obstáculo más alto situado en un radio de 150 m.
  • Vuelo dentro del alcance visual (VLOS).
  • Estudio aeronáutico de seguridad coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo, con autorización del control o comunicación al AFIS.
  • Equipo de comunicaciones bidireccionales con las estaciones aeronáuticas en las frecuencias indicadas.
  • Transpondedor Modo S (excepto operaciones VLOS con RPA de MTOM < 25 kg).
  • Presentación de plan de vuelo ATS indicando expresamente que se trata de un RPA.
  • En el primer contacto con los servicios de tránsito aéreo, los indicativos incluirán las palabras «No tripulado» o «Unmanned».

Proceso de obtención del permiso:

  • Realizar un estudio de seguridad específico (preferiblemente mediante la metodología SORA).
  • Enviar el estudio al proveedor de servicios a través del Formulario de Coordinación de Seguridad.
  • Una vez coordinado, solicitar a AESA la autorización de la operación en su sede electrónica.
  • Documentación: justificación del equipo de comunicaciones, acreditación de conocimientos de radiofonista, EAS coordinado, justificación del transpondedor Modo S (salvo VLOS < 25 kg) y, para cada vuelo, solicitud al Departamento de Coordinación Operativa del Espacio Aéreo (COP).

Permisos para operaciones sobre aglomeraciones de edificios o reuniones de personas — STS-02

Requisitos específicos:

  • En espacio aéreo no controlado y fuera de una zona de información de vuelo (FIZ).
  • RPA con masa máxima al despegue no superior a 10 kg.
  • Dentro del alcance visual (VLOS) y en condiciones meteorológicas de vuelo visual.
  • Distancia horizontal máxima del piloto de 100 m y altura máxima de 120 m (o sobre el obstáculo más alto en un radio de 600 m).
  • Sobre zonas acotadas donde se haya limitado el paso de personas o vehículos o, en su defecto, manteniendo 50 m horizontales respecto de edificios, estructuras y personas ajenas a la operación.
  • RPA provisto de un dispositivo de limitación de la energía de impacto (paracaídas).

Proceso de obtención: presentar la solicitud de autorización a AESA en su sede electrónica, acreditando el dispositivo de limitación de energía de impacto como sistema de terminación segura del vuelo.

Permisos de vuelo nocturno

Requisitos específicos: altura máxima de 120 m (o sobre el obstáculo más alto en un radio de 150 m) y RPA con luces que garanticen su visibilidad. Proceso: el mismo que para los vuelos sobre aglomeraciones, acreditando luces, dispositivos o pintura que garanticen la visibilidad.

Operación más allá del alcance visual (BVLOS)

Requisitos específicos:

  • Fuera de aglomeraciones de edificios o reuniones de personas al aire libre.
  • Altura máxima de 120 m (o sobre el obstáculo más alto en un radio de 150 m).
  • En condiciones meteorológicas de vuelo visual (VMC).
  • Dentro del alcance de radio de la estación de pilotaje que garantice un enlace de mando y control efectivo.
  • Dispositivo de visión orientado hacia adelante (FPV) instalado en la aeronave.
  • Sistemas aprobados por AESA para detectar y evitar a otros usuarios del espacio aéreo o, en su defecto, vuelo en espacio aéreo temporalmente segregado (TSA).

Documentación obligatoria (BVLOS con RPA de MTOM > 2 kg): justificación del FPV, de los sistemas de detección y evitación (o del TSA), del transpondedor Modo S (en espacio controlado), caracterización de las aeronaves, estudio aeronáutico de seguridad y póliza de seguro de responsabilidad civil. Para operaciones especializadas se añaden el manual de operaciones, el programa de mantenimiento y la acreditación de los vuelos de prueba. Tienes todas estas plantillas en la documentación del UAS.

Permisos del Ministerio de Defensa

Se debe enviar un resumen de la operación (en PDF) que refleje: mapa esquemático con las zonas de vuelo (coordenadas y nº de hoja del Mapa Nacional 1/50000), tipo de aeronave, datos del operador, clase de datos recopilados (fotografía, vídeo, termografía, coordenadas…), punto de despegue con coordenadas, tipo de sensores a bordo, altura de vuelo, destinatario del trabajo y fechas y horas de realización. Permisos de vuelo de drones

Permisos en zonas con fauna sensible (ZEPA)

Para volar en zonas de especial protección para las aves debes contactar con el responsable del área acotada; esta información se consulta en ENAIRE Drones. Lo explicamos en qué es una zona ZEPA y cómo volar tu dron.

Permisos en infraestructuras críticas

Contacta con el responsable de la infraestructura y coordina con él el estudio de seguridad y la operación.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el certificado de radiofonista para estos permisos?
Sí, siempre que la operación implique comunicación por radio con el control de tránsito aéreo (espacio aéreo controlado, CTR/ATZ). Lo explicamos en el curso de radiofonista.

¿Qué diferencia hay entre el EARO y la autorización de AESA?
El EARO/EAS es el estudio de seguridad que coordinas con el proveedor de servicios (ENAIRE u otro). La autorización operacional la concede AESA. Muchas operaciones requieren ambos pasos.

¿Puedo volar de noche o sobre personas sin permiso?
El vuelo nocturno en categoría abierta es posible con luces; volar sobre aglomeraciones o reuniones de personas exige la categoría específica (STS-02) y autorización. Ante la duda, contrástalo con la normativa antes de volar.

Contenido relacionado


Permisos de vuelo de drones: Marco regulatorio aplicable, basada en Real Decreto 517/2024 (BOE 28-05-2024), Reglamento de Ejecución UE 2019/947, Reglamento Delegado UE 2019/945, Reglamento UE 2024/1108 y Ley 21/2003 de Seguridad Aérea. Para trámites oficiales acude siempre a la sede electrónica de AESA y a la aplicación ENAIRE Drones.
 
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