El espacio aéreo y sus clases son la base que todo piloto de dron debería dominar: determinan dónde puedes volar, con qué requisitos y a quién pedir permiso. La OACI divide el espacio aéreo en siete clases, de la A a la G, según el grado de control y los servicios que se prestan. En esta guía tienes la definición, la diferencia entre espacio controlado y no controlado, la tabla resumen de las siete clases, las condiciones meteorológicas exigidas y, sobre todo, dónde encaja tu dron en todo esto.

Qué es el espacio aéreo
El espacio aéreo es la porción de la atmósfera terrestre bajo jurisdicción de un Estado, que se extiende desde el suelo (y el mar) hasta los confines de la atmósfera. Esa definición es más amplia de lo que parece: abarca también el aire sobre terrenos privados —fincas, jardines, edificios y viviendas—, porque cada rincón que se proyecta hacia el cielo tiene la consideración de espacio aéreo. Solo quedan fuera los recintos completamente cerrados o cubiertos.
Para quien opera un dron (UAS), entender esto es imperativo: volar en el espacio aéreo sin la debida autorización cuando esta se requiere no es una simple falta, sino que puede constituir una infracción grave. En España, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) es quien gestiona las competencias sobre el espacio aéreo.
Espacio aéreo controlado y no controlado
A grandes rasgos, el espacio aéreo se divide en dos grandes grupos:
- Espacio aéreo controlado: las aeronaves están sujetas al control de tránsito aéreo (ATC), proporcionado por las dependencias de control (torres, dependencias de aproximación y centros de control de área). Engloba las clases A, B, C, D y E.
- Espacio aéreo no controlado: no hay servicio de control de tránsito, solo información y asesoramiento. Comprende las clases F y G.
Las clases controladas se ordenan según el grado de control y los requisitos para volar: la A es la más exigente y la E la de requisitos mínimos. Un dato esencial para nosotros: los drones pueden operar en todas las clases salvo en la A, y para volar en espacio controlado hay que cumplir condiciones de coordinación adicionales. Clases de espacio aéreo
Las siete clases de un vistazo
| Clase | Tipo | Vuelos | Servicio / separación | Autorización ATC |
|---|---|---|---|---|
| A | Controlado | Solo IFR | Todos los vuelos separados entre sí | Sí |
| B | Controlado | IFR y VFR | Todos los vuelos separados entre sí | Sí |
| C | Controlado | IFR y VFR | IFR separados de todo; VFR reciben info de tránsito | Sí |
| D | Controlado | IFR y VFR | IFR separados de IFR; info de tránsito al resto | Sí |
| E | Controlado | IFR y VFR | IFR separados de IFR; info si es posible | Solo IFR |
| F | No controlado | IFR y VFR | Asesoramiento de tránsito e info de vuelo | No |
| G | No controlado | IFR y VFR | Información de vuelo si se solicita | No |
Clase A
En el espacio de clase A están prohibidos los vuelos visuales (no hay mínimas meteorológicas visuales). Por tanto:
- Solo se permiten vuelos IFR (por instrumentos).
- Todos los vuelos están sujetos a control de tránsito aéreo y separados unos de otros.
- Se requiere comunicación aeroterrestre continua por voz.
- Todos los vuelos están sujetos a autorización ATC.
Es la única clase donde un dron no puede operar.
Clases B, C, D y E (controladas)
Las clases controladas inferiores comparten unas condiciones meteorológicas (VMC) para volar en visual: distancia a las nubes de 300 m en vertical y 1.500 m en horizontal, y visibilidad de 8.000 m por encima de 3.050 m AMSL y de 5.000 m por debajo. Sus particularidades:
Clase B: se permiten IFR y VFR; todos los vuelos están separados entre sí; comunicación continua por voz; autorización ATC obligatoria.
Clase C: IFR y VFR; los IFR se separan de IFR y de VFR; los VFR reciben información de tránsito sobre otros VFR y asesoramiento anticolisión si lo piden; comunicación continua; los VFR tienen un límite de velocidad de 250 kn IAS por debajo de 3.050 m (10.000 ft) AMSL; autorización ATC obligatoria.
Clase D: IFR y VFR; los IFR se separan de IFR y reciben info de tránsito respecto a VFR; los VFR reciben info de tránsito de todos; comunicación continua y límite de 250 kn IAS por debajo de 3.050 m; autorización ATC obligatoria.
Clase E: IFR y VFR; los IFR están controlados y separados de otros IFR; todos reciben info de tránsito si es posible; comunicación continua para IFR; límite de 250 kn IAS por debajo de 3.050 m; solo los IFR requieren autorización ATC. La clase E no se utiliza para zonas de control (recomendación OACI).
(Recuerda: 1 kn = 1,852 km/h = 0,5144 m/s.)
Clases F y G (no controladas)
En el espacio no controlado, las condiciones VMC dependen de la altura: por encima del mayor valor entre 300 m AGL o 900 m AMSL, se exige 300 m en vertical y 1.500 m en horizontal a las nubes; por debajo, basta con volar fuera de las nubes y con la superficie a la vista. La visibilidad sigue siendo 8.000 m por encima de 3.050 m AMSL y 5.000 m por debajo. Para calcular ese umbral se tiene en cuenta la elevación del terreno: si es de 600 m o superior se usa 300 m AGL; en caso contrario, 900 m AMSL.
Clase F: IFR y VFR; los IFR participantes reciben servicio de asesoramiento de tránsito y todos reciben información de vuelo si la solicitan; comunicación por voz para los IFR del servicio de asesoramiento; límite de 250 kn IAS por debajo de 3.050 m; no requiere autorización ATC. Su implantación se considera una medida temporal hasta sustituirla por otra clasificación.
Clase G: IFR y VFR permitidos; todos reciben información de vuelo si la solicitan; los IFR deben poder establecer comunicaciones por voz; límite de 250 kn IAS por debajo de 3.050 m; no requiere autorización ATC. Es el espacio donde, en la práctica, se desarrolla la mayoría del vuelo recreativo con dron. Clases de espacio aéreo
La estructura del espacio aéreo español
Sobre las siete clases teóricas, el espacio aéreo real se organiza en volúmenes con nombre propio que encontrarás al consultar tu zona. Conviene reconocerlos:
| Sigla | Qué es |
|---|---|
| FIR / UIR | Región de información de vuelo (inferior/superior). España se divide en las FIR de Madrid, Barcelona y Canarias. |
| CTR | Zona de control de un aeródromo: espacio controlado que rodea un aeropuerto, normalmente de clase D y desde el suelo. |
| TMA | Área de control terminal: conecta las rutas en altura con los aeropuertos. |
| CTA | Área de control: el espacio controlado de las rutas aéreas. |
| ATZ | Zona de tránsito de aeródromo, en torno a campos sin CTR. |
| FIZ | Zona de información de vuelo: no controlada, pero con servicio de información. |
Para el piloto de dron, la palabra clave es CTR: si tu punto de vuelo cae dentro de la CTR de un aeropuerto, estás en espacio controlado y necesitas coordinación, por muy bajo que vueles.
Cómo saber en qué clase está tu zona
No tienes que adivinarlo. La herramienta oficial es ENAIRE Drones, que sobre un mapa te muestra la clasificación del espacio, las zonas geográficas de UAS y las restricciones aplicables a tu punto exacto de vuelo. Para un nivel de detalle mayor existen la AIP (Publicación de Información Aeronáutica) de ENAIRE y las cartas aeronáuticas VFR. La regla de oro: consulta siempre antes de despegar, porque la clasificación puede variar con la altura y con avisos temporales (NOTAM).
¿Dónde encaja tu dron?
La mayoría de los vuelos en categoría abierta se realizan por debajo de 120 m sobre el terreno, en visual (VLOS), normalmente en espacio aéreo no controlado (clase G). La cosa cambia cuando tu zona de vuelo cae dentro de un espacio aéreo controlado, típicamente la CTR de un aeropuerto o aeródromo:
- Con el marco actual (Reglamento UE 2019/947 y RD 517/2024) ya no se exige la antigua «autorización operacional» del derogado RD 1036/2017.
- Pero sí debes coordinar un EARO con el proveedor de servicios, disponer de radiofonista y plan de vuelo, y realizar la coordinación táctica con el ATC.
Ten presente, además, que la clase de espacio aéreo no es lo único que cuenta: por encima se superponen las zonas geográficas de UAS (restringidas, prohibidas, de protección ambiental o de fauna sensible), que pueden limitar o impedir el vuelo aunque te encuentres en una inofensiva clase G. Y la altura importa: lo que a ras de suelo es clase G puede convertirse en espacio controlado unos metros más arriba.
Antes de cualquier vuelo, comprueba la clasificación y las restricciones de tu zona en ENAIRE Drones, que también te muestra las zonas de fauna sensible y demás limitaciones. Lo desarrollamos en cómo volar en espacio aéreo controlado.
Preguntas frecuentes
¿En qué clases de espacio aéreo puede volar un dron?
En todas salvo en la clase A, reservada a vuelos IFR. En el resto puede operar cumpliendo las condiciones de cada clase; en las controladas (B‑E) hace falta coordinación adicional.
¿Qué diferencia hay entre espacio controlado y no controlado?
En el controlado (clases A‑E) hay servicio de control de tránsito aéreo que separa y autoriza a las aeronaves. En el no controlado (F y G) solo hay información y asesoramiento, sin autorización ATC.
¿En qué clase suelo volar con mi dron recreativo?
Normalmente en clase G (no controlada), por debajo de 120 m y en visual. Si tu zona está dentro de una CTR, pasa a ser espacio controlado y necesitas coordinación (EARO).
¿Necesito autorización de AESA para volar en espacio controlado?
Con el RD 517/2024 ya no se tramita la antigua autorización operacional, pero sí debes coordinar un EARO con el proveedor de control, contar con radiofonista y plan de vuelo, y coordinarte con el ATC.
¿Qué significan IFR y VFR?
IFR son las reglas de vuelo por instrumentos y VFR las reglas de vuelo visual. La clasificación del espacio aéreo define qué tipo de vuelos se permiten y con qué servicios.
¿Qué es una CTR y por qué me afecta?
La CTR es la zona de control que rodea un aeropuerto. Es espacio aéreo controlado desde el suelo, así que aunque vueles tu dron muy bajo, si estás dentro de una CTR necesitas coordinación (EARO) y no puedes volar libremente.
¿Puedo volar mi dron cerca de un aeropuerto?
No sin coordinación. Los aeropuertos tienen una CTR y zonas de seguridad alrededor. Consulta ENAIRE Drones: lo más probable es que la zona esté restringida o requiera autorización previa.
¿Qué es un NOTAM?
Un aviso a los navegantes sobre cambios temporales en el espacio aéreo (cierres, ejercicios militares, espectáculos). Pueden afectar a tu vuelo aunque la clase del espacio no cambie, por eso conviene revisarlos antes de despegar.
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