🏛️ CAPA OFICIAL — procedimiento publicado por el proveedor de servicios de navegación aérea.
PLANEA es la ventanilla telemática de ENAIRE para pedir la coordinación cuando la operación cae en espacio aéreo controlado, en una FIZ o en el entorno de un aeródromo del que ENAIRE es proveedor ATS. Lo que se tramita ahí es el trámite del art. 43 del RD 517/2024 (coordinacion-aerodromos-y-ats): esta ficha es el cómo, no el régimen legal.
| Antelación mínima | 10 días fuera de zonas geográficas generales · 20 días dentro (y por Aena) |
| A quién | ENAIRE — enaire |
| Cómo | Plataforma PLANEA, con la EARO firmada y sellada adjunta |
| Qué es | Coordinación (procedimiento del art. 43) |
| Si no contestan | Denegada tácitamente al mes (art. 43.9 del RD) — no es un plazo de la guía |
| Ojo | Los plazos de 10 y 20 días los pide ENAIRE en su guía: no son plazos del RD |
🗣️ Si tienes que pedirle la coordinación a ENAIRE
- «Me toca darme de alta en PLANEA y no sé por dónde empezar.»
- «Tengo que presentar una EARO y no sé qué llevar.»
- «¿Cuánto tarda ENAIRE en contestarme?»
Cuándo hace falta
Cuando la zona de operación cae en el espacio aéreo o el entorno de aeródromo que gestiona ENAIRE como proveedor ATS. El disparador legal está en los arts. 41 y 42 del rd-517-2024 y el procedimiento en el art. 43 — que es común a todos los gestores y ATS, no solo a ENAIRE (coordinacion-aerodromos-y-ats).
⚠️ ENAIRE no es el único proveedor ATS de España. Hay aeropuertos servidos por SAERCO y SKYWAY, y ahí la coordinación no va por PLANEA sino por el cauce de ese proveedor. El circuito completo, con sus formatos, está en earo.
Con cuánta antelación se pide
La Guía de buenas prácticas del operador UAS en PLANEA (ENAIRE, versión V080424, de 8 de abril de 2024) lo dice así, literal:
«Existen dos requisitos mínimos de antelación con las que se pueden solicitar actividades UAS de manera general: — En caso de realizarse a través de Planea y encontrarse fuera de las Zonas Geográficas de UAS Generales, la antelación mínima es de 10 días. — En caso de que se tramite a través de Aena por encontrarse dentro de estas distancias mencionadas, el plazo mínimo es de 20 días.»
Y añade una recomendación propia para el caso intermedio:
«…solicitud dentro de las Zonas Geográficas de UAS Generales a través de Planea, instamos a que se siga aplicando la antelación mínima de 20 días.»
⭐ ¿Y esos 10 días son naturales o hábiles? La guía de ENAIRE dice «días» y no lo califica, pero la plantilla oficial de EARO de AESA sí lo hace, y es tajante:
«Mínimo 10 días hábiles antes de la operación presentar al ATSP: copia de evidencia de coordinación…»
👉 Cuéntalos hábiles, que son unos 14 días de calendario. Es lo que dice la fuente explícita y además lo más exigente: si te pasas de tiempo no ocurre nada; si te quedas corto, no llegas.
🔑 Esto es una recomendación del gestor, no un plazo legal. El RD 517/2024 no fija antelación mínima para pedir la coordinación: solo fija el plazo de respuesta (un mes, art. 43.3). Son cosas distintas y se suman: si pides con 10 días y el gestor se toma el mes, no llegas. Planifica con semanas, no con días.
Los apartados de PLANEA y la antelación de cada uno
PLANEA no es una única cola: tiene apartados, y la AIC NACIONAL 01/26 —vigente desde el 19 de febrero de 2026— dice a cuál va cada actividad y con cuánta antelación. Esto es lo que publica:
| Actividad | Apartado de PLANEA | Antelación mínima |
|---|---|---|
| UAS cuya operación exige una zona de reserva o restricción coincidente con una de Defensa | «UAS» | 15 días naturales |
| Trabajos aéreos / operaciones especializadas de aeronaves tripuladas en espacio controlado | «Aeronaves Tripuladas» | 15 días naturales |
| Globos (cautivos, libres, de helio), farolillos, fuegos artificiales, láseres y focos | «Otros Usos» | 15 días naturales |
| Competiciones, concentraciones, vueltas aéreas y regatas · vuelo acrobático | «Aeronaves Tripuladas» | 30 días naturales |
| Paracaidismo ocasional | «Aeronaves Tripuladas» | (la AIC no fija cifra para este supuesto) |
Buzón de soporte cuando la plataforma no está disponible: [email protected].
⚠️ Y aquí el aviso que evita el error de lectura más caro de esta ficha: estas cifras no cambian los 10 días de tu coordinación UAS ordinaria. La AIC regula actividades civiles concretas, y los UAS solo aparecen en dos de sus apartados —zonas de Defensa (ap. 10) y demostraciones aéreas (ap. 6)—. Para un vuelo UAS normal en espacio controlado, el plazo sigue siendo el de la guía de PLANEA. Cifra correcta, trámite equivocado, sanción igual.
🔑 Cuándo te aplica de verdad la de 15 días: cuando tu operación necesita que se establezca una zona y esa zona pisa una de Defensa → coordinacion-militar.
⭐ El reloj no arranca cuando envías
Es el matiz que más plazos hace perder, y la AIC lo deja por escrito:
«El plazo comenzará a contar desde el momento en que ENAIRE cuente con la información completa necesaria para coordinar la solicitud.»
👉 Un campo mal puesto o un adjunto que falta no te retrasa un día: te reinicia la cuenta. Y la AIC añade que, aun cumpliendo el mínimo, «se recomienda realizarlo con toda la antelación posible, dada la complejidad de coordinación… especialmente considerando el volumen de participantes y tipos de aeronaves».
A quién se pide y por qué canal
- Plataforma PLANEA (
planea.enaire.es): es donde se crea la solicitud. - La EARO va firmada ANTES. La guía es tajante: «NO CREAR LA SOLICITUD NI ADJUNTAR LA EARO hasta que esté
debidamente firmada», con su número de codificación arriba y la firma y sello de ENAIRE al final. El
documento lo coordina el departamento de drones de ENAIRE, cuyo correo es
[email protected]. ✅ Confirmado por segunda fuente: la guía del Ministerio de Transportes para operaciones de UAS en entorno marítimo lo publica igual, así que la duda que arrastraba esta ficha queda cerrada. Los formatos de EARO están en earo-formatos. - Otros buzones institucionales de ENAIRE, verificados en fuente oficial:
[email protected](Centro de Operaciones) y[email protected](Servicio de Información Aeronáutica, el que publica en la AIP).
📌 Orden correcto: EARO → firma y sello de ENAIRE → solicitud en PLANEA. Al revés, la solicitud nace muerta.
Qué hay que enviar
Lo detalla la Guía de Coordinación de EARO para Operaciones de UAS en Espacio Aéreo Controlado por ENAIRE (V1.2, de 08/08/2025), de la División de Seguridad Operacional (SEGO) — el departamento que la tramita es ASED, Análisis de Seguridad de Sistemas y Drones.
Los cuatro pasos, tal y como los resume la propia guía:
- Inicia sesión en ENAIRE PLANEA.
- Sigue los pasos hasta llegar al «Formulario de Seguridad».
- Adjunta los cuatro documentos:
- Plantilla EARO completada, en formato
.pdf. - Certificado de registro de operador UAS (registro-operador-aesa).
- Documento de representatividad / apoderamiento, si es necesario.
- Declaración operacional STS.
- ENAIRE responde en un máximo de 6 días hábiles.
📌 Al enviarla recibes un identificador del tipo «Solicitud de Coordinación de Seguridad 1021-2025». Guárdalo: es con lo que se sigue el expediente.
⭐ Los 6 días hábiles son la PRIMERA respuesta, no la resolución
Es el matiz que evita una mala planificación en los dos sentidos. La guía lo describe así:
«En el plazo inferior a 7 días hábiles de la fecha de envío de esta solicitud, un técnico de ASED se pondrá en contacto con el operador de UAS vía ENAIRE Planea tras una primera revisión de su solicitud.»
Y lo que llega en esa primera revisión no suele ser un sí: es «Pendiente de información» (falta documentación) o requerimiento de correcciones sobre la propia EARO. Cada ida y vuelta consume calendario.
| Máximo 6 días hábiles | Lo que tarda ENAIRE en darte la primera respuesta |
| 1 mes (art. 43.3 del rd-517-2024) | Lo que la Administración puede tardar en resolver, con silencio negativo |
🔑 Ninguno de los dos es el tiempo total, porque el reloj se reinicia con cada corrección. Contar solo los 6 días hábiles es el optimismo que hace perder vuelos.
📌 Cualquier cambio de estado se te notifica por email y en tu cuenta de PLANEA. Y el buzón de soporte de la
aplicación es [email protected].
La evidencia de coordinación: qué te queda en la mano
Cuando la última versión de tu EARO se considera correcta, ENAIRE la aprueba y le pone un número de codificación ATSP único e intransferible, que se imprime en la primera página de la EARO aprobada y que identifica de forma inequívoca la evidencia de coordinación y el ConOps al que se refiere. En su apartado 7 va el sello de la División de Seguridad Operacional de ENAIRE (SEGO).
👉 Eso —EARO sellada, con su número ATSP en portada— es tu evidencia de coordinación. Es el documento que justifica que cumpliste el art. 43, y va con la operación: guárdalo con el resto del expediente.
⚠️ «Único e intransferible» hay que tomárselo literal: el número va atado a ese ConOps. Otra operación, otra EARO, otro número. Reutilizar una evidencia antigua para una operación distinta no es un atajo, es un incumplimiento.
Cuánto tardan y qué pasa si no contestan
La guía no fija plazo de respuesta. El que manda es el legal: un mes (art. 43.3), y si transcurre sin acuerdo, la solicitud se entiende denegada tácitamente (art. 43.9). Sin coordinación expresa no se vuela (art. 43.1). Todo el detalle, con las citas, en coordinacion-aerodromos-y-ats.
Esto NO sustituye a nada más
| También puede hacer falta | Cuándo | Dónde |
|---|---|---|
| Coordinación con Aena | si el aeropuerto es de su red y la zona cae dentro de las distancias del art. 41 | coordinacion-aena |
| Comunicación al Interior | si la operación es en entorno urbano o sobre concentraciones | comunicacion-previa-interior |
| Autorización de AESA | si la operación sale de la categoría abierta | categoria-especifica, sora |
| Permiso del titular | si sobrevuelas una infraestructura de servicios esenciales | permiso-infraestructuras-esenciales |
📌 De dónde sale el detalle de esta ficha: de la Guía de Coordinación de EARO para Operaciones de UAS en Espacio Aéreo Controlado por ENAIRE (V1.2, de 08/08/2025), publicada por su División de Seguridad Operacional. Su PDF es de imágenes —26 de sus 27 páginas no tienen texto extraíble—, así que se leyó página a página para incorporarla.
Fuente: Guía de buenas prácticas del operador UAS en PLANEA, ENAIRE, versión V080424, de 8 de abril de 2024. Régimen legal: RD 517/2024, arts. 41-43 (BOE-A-2024-11377). Comprobado 2026-08-21.
Relación
indice-de-tramites-y-permisos · enaire · coordinacion-aerodromos-y-ats · earo · earo-formatos · coordinacion-planea-buenas-practicas · catalogo-atenuaciones-mae-mat · coordinacion-aena · zonas-geograficas · matriz-de-permisos · rd-517-2024 · comunicacion-previa-interior