🏛️ CAPA OFICIAL — fuente primaria (boletines oficiales). Manda sobre todo lo demás.
Es la tercera vía ambiental, y la que más gente pisa sin saberlo. España tiene tres redes de espacios protegidos con tres tramitaciones distintas:
| Red | Quién autoriza | Ficha |
|---|---|---|
| Parques Nacionales | OAPN / gestión compartida | autorizacion-parques-nacionales |
| ZEPA marinas del Estado y Red Natura estatal | MITECO | autorizacion-ambiental-zepa |
| Parques naturales, regionales, reservas y demás red autonómica | la comunidad autónoma | esta ficha |
🗣️ Si vas a volar en un parque natural, regional o una reserva de tu comunidad
- «Quiero volar en un parque natural, ¿a quién se lo pido?»
- «Es un parque regional, no nacional. ¿Cambia algo?»
- «La comunidad autónoma me pide autorización para el dron.»
- «Lo he mirado en ENAIRE y no sale nada, ¿puedo volar?»
- «¿Cuánto tardan en contestarme y qué pasa si no contestan?»
Cuándo hace falta
Siempre que el vuelo entre en un espacio de la red autonómica. La cadena es la misma que en las otras dos vías —art. 19 del rd-1180-2018 convierte el espacio en zona restringida por razones ambientales, y el art. 37.1 del rd-517-2024 la incorpora a la zonificación UAS— pero quien resuelve es otro.
⚠️ Y ojo con el mapa mental: que el espacio no salga en ENAIRE Drones no significa que puedas volar. La zonificación aeronáutica y la protección ambiental son capas distintas, y la segunda obliga igual.
Con cuánta antelación
Ninguna norma autonómica verificada fija días de antelación. Lo que fijan es el plazo de resolución, que es otra cosa: no te dice cuándo pedirlo, te dice cuánto pueden tardar. 👉 En la práctica, la antelación se deduce del plazo: si en Galicia el plazo por defecto son dos años, pedirlo con un mes no sirve de nada.
A quién se pide: el mapa de las 17 comunidades y las 2 ciudades
Solo una comunidad tiene norma que nombre el dron en su propio título, y ninguna tiene un régimen común con las demás.
🥇 Norma que nombra expresamente el dron
- Comunitat Valenciana — Resolución de 5 de febrero de 2025 de la Dirección General de Medio Natural y Animal, «para la regulación del vuelo de aeronave por control remoto sin tripulación (conocida como DRON) en el ámbito de los Espacios Naturales Protegidos» (DOGV 10048, 17-02-2025). Es la más completa de España: prohíbe el sobrevuelo en todos los ENP salvo autorización excepcional con informe favorable, y baja a condiciones operativas — regla propia para dormideros de aves y suspensión del vuelo en terreno forestal cuando se declara el nivel 3 de incendios.
- Castilla-La Mancha — la Orden 81/2019 (PRUG del Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona, DOCM 104) prohíbe expresamente «el uso de drones» salvo excepción.
- País Vasco — la regla la ponen decretos por espacio: el Decreto 203/2015 prohíbe expresamente el dron y el Decreto 24/2016 (Urkiola) veta el vuelo a menos de 1.000 m —250 m de áreas críticas—. 🔑 Quien gestiona no es el Gobierno Vasco: son las Diputaciones Forales, y la de Bizkaia publica una tabla espacio por espacio.
- Cataluña — el Decret 148/1992 se aplica expresamente al «vol amb drons» en los espacios del PEIN, y cada parque lo desarrolla a su manera: Montserrat prohíbe el dron recreativo todo el año.
Trámite de dron con nombre propio (aunque la norma no lo nombre)
- Aragón — 🔑 tiene DOS, y uno no vale por el otro: «Autorización vuelo dron (UAS) en zonas Red Natura 2000 y humedales singulares» y otro distinto para espacios naturales protegidos en sentido estricto. La comunidad reparte el régimen según qué figura pises, y presentar el que no toca es empezar de cero. Los tramita el INAGA.
- Navarra — trámite «Autorización para el vuelo de drones», que reparte el territorio en prohibido (reservas naturales e integrales, Etxauri) y autorizable (Bertiz, Urbasa y Andía, Bardenas Reales…). ⚠️ Bardenas Reales es un caso aparte: la gestiona la histórica Comunidad de Bardenas, no el Gobierno de Navarra, tiene instrucciones propias con reglas por lugar concreto —prohibido acercarse a menos de 50 m de la chimenea de hadas de Castildetierra— y exige una tercera autorización del Ejército del Aire, porque hay un polígono de tiro dentro del parque.
- Comunidad de Madrid — 🔑 dos regímenes opuestos dentro de la misma comunidad: el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares veta el dron con carácter general, y el del Curso Medio del Guadarrama lo autoriza caso a caso —nunca con fines recreativos y no entre marzo y agosto, por nidificación—.
- Andalucía — sin trámite general de dron, pero con regla propia de un espacio: la Orden de 28 de junio de 2024 (BOJA 152) del Programa Sectorial de Uso Público de Doñana. ⚠️ Dentro conviven dos regímenes: el sobrevuelo general está prohibido por debajo de 6.000 pies por la normativa estatal de Parques Nacionales, y el dron para filmación tiene su propia vía de autorización.
Régimen general, sin que ninguna norma nombre el dron
Castilla y León (art. 96.1 de la Ley 4/2015 del Patrimonio Natural) · Illes Balears (LECO, Ley 5/2005) · Asturias (Ley 5/1991) · Cantabria (Ley 4/2006) · Galicia (Ley 5/2019, arts. 68-71) · Región de Murcia (Ley 4/1992) · Canarias · La Rioja.
📌 Lo de Castilla y León conviene saberlo tal cual: cuando el Servicio Territorial de León responde que en el Parque Regional de Riaño y Mampodre el sobrevuelo «solo se puede autorizar de forma excepcional», no está aplicando una regla de Riaño: aplica el régimen general de la comunidad, porque el PORN de ese parque —de 1994— no menciona el dron en ningún punto.
⚠️ Y en Cantabria el vacío tiene una causa estructural: sus parques naturales no tienen PRUG aprobado y el PORN de las Marismas de Santoña fue anulado por el Tribunal Supremo. No es que no hayan regulado el dron: falta el instrumento donde se escribiría la regla.
🇪🇸 Ceuta y Melilla: no pueden tener norma propia
Ninguna de las dos tiene potestad legislativa en medio ambiente — es competencia de ejecución (art. 22 de sus Estatutos, LO 1/1995 y LO 2/1995). No pueden aprobar una ley como la valenciana: aplican directamente la estatal. Ceuta tiene dos espacios Red Natura cuyos planes de gestión, según el propio MITECO en 2021, seguían sin aprobar.
Qué hay que enviar
No hay formulario común, pero las peticiones verificadas coinciden en el fondo. Lo que pide una administración tipo:
- La zona exacta: croquis sobre mapa a escala suficiente o coordenadas delimitadoras — no vale «el parque».
- Fechas previstas y finalidad concreta del vuelo y de la filmación, si la hay.
- Composición del equipo y medios accesorios.
- Datos del piloto y del aparato (modelo y número de serie o matrícula).
- Los papeles de AESA: registro de operador, certificado de formación que corresponda a la operación, y póliza de responsabilidad civil.
- 🔑 Y un requisito técnico que la norma aeronáutica no exige: que el aparato tenga sistema de retorno a origen ante agotamiento de batería o pérdida de enlace.
- ⚠️ Aparte, y se olvida siempre: circular con vehículo a motor por pistas forestales suele necesitar su propia autorización, con matrícula y modelo.
Cuánto tardan
| Plazo | Comunidades |
|---|---|
| 3 meses | Castilla y León · Aragón · Asturias · Madrid · Murcia |
| 6 meses | Illes Balears |
| 2 años | Galicia — por defecto legal, al no fijar plazo su ley |
El silencio es DESESTIMATORIO en todas las verificadas. 👉 Que no te contesten no es un sí: es un no, y recurrible. 📌 El cómputo es de fecha a fecha (art. 30.4 de la Ley 39/2015), no en días.
Esto NO sustituye
- Ni al registro de operador ni a la formación ni al seguro: es un permiso añadido, no alternativo.
- Ni a la coordinación aeronáutica si además hay zona geográfica UAS (zonas-geograficas, coordinacion-aerodromos-y-ats).
- Ni a la vía estatal si el espacio es Parque Nacional (autorizacion-parques-nacionales) o ZEPA marina del Estado (autorizacion-ambiental-zepa).
- Ni al permiso del titular del terreno si despegas en propiedad ajena.
🔴 Y un aviso que no es teórico: cuatro administraciones siguen publicando el RD 1036/2017, derogado, como marco estatal vigente — la página de Els Ports en Cataluña, un borrador extremeño, las instrucciones de Bardenas y la comunicación de la Ertzaintza. Si un formulario oficial te cita ese Real Decreto, el formulario está desactualizado, no tú: manda el rd-517-2024.
Relación
autorizacion-ambiental-zepa · autorizacion-parques-nacionales · afeccion-a-fauna-por-sobrevuelo · fauna-sensible · ccaa-competencias · coordinacion-ccaa-y-local · zonas-geograficas · rd-1180-2018 · indice-de-tramites-y-permisos
Fuentes: boletines oficiales y sedes electrónicas de las 17 comunidades autónomas, Ceuta y Melilla (reconocimiento de septiembre de 2026); Real Decreto 1180/2018, art. 19; Real Decreto 517/2024, art. 37.1; Ley 39/2015, art. 30.4. Comprobado 2026-09-05.