🏛️ CAPA OFICIAL — fuente primaria (boletines oficiales). Manda sobre todo lo demás.
Es la tercera vía ambiental, y la que más gente pisa sin saberlo. España tiene tres redes de espacios protegidos con tres tramitaciones distintas:
| Red | Quién autoriza | Ficha |
|---|---|---|
| Parques Nacionales | OAPN / gestión compartida | Autorización de parques nacionales |
| ZEPA marinas del Estado y Red Natura estatal | MITECO | Autorización ambiental (ZEPA y Red Natura) |
| Parques naturales, regionales, reservas y demás red autonómica | la comunidad autónoma | esta ficha |
🗣️ Si vas a volar en un parque natural, regional o una reserva de tu comunidad
- «Quiero volar en un parque natural, ¿a quién se lo pido?»
- «Es un parque regional, no nacional. ¿Cambia algo?»
- «La comunidad autónoma me pide autorización para el dron.»
- «Lo he mirado en ENAIRE y no sale nada, ¿puedo volar?»
- «¿Cuánto tardan en contestarme y qué pasa si no contestan?»
Cuándo hace falta
Depende de la norma de cada espacio. Su plan de gestión (PORN o PRUG) o la ley autonómica pueden prohibir el vuelo, someterlo a autorización o a una declaración, o no decir nada del dron. Por eso se pregunta al gestor antes de volar, siempre; la autorización hace falta cuando esa norma la pide.
El art. 19 del RD 1180/2018 no impone una autorización general. Enumera tres restricciones (19.2) y deja a salvo lo que el gestor autorice (19.3.c); el art. 37.1 del RD 517/2024 incorpora esas zonas a las zonas geográficas de UAS. La guía de zonas de AESA (UAS-OPR-P01-DT15, ed. 03) añade: «En estas zonas es necesario obtener coordinación previa para su sobrevuelo por parte del gestor del espacio protegido».
Las comunidades no lo leen igual, y lo dicen en sus páginas (abiertas el 10-10-2026):
- Castilla y León: «dicha actividad no está prohibida en el ámbito territorial de Castilla y León, ni requiere autorización por parte de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, siempre y cuando los vuelos no conlleven molestias intencionadas a las especies animales». En Red Natura, «el vuelo de drones no requiere autorización expresa de ningún organismo». Y en un espacio natural protegido manda su plan: «es necesario consultar en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia correspondiente la regulación propia de cada espacio».
- Aragón: «En aplicación del artículo 19 del Real Decreto 1180/2018 […] es necesaria autorización previa para su sobrevuelo por parte del gestor del espacio protegido». Publica la regla de cada espacio: «en la mayoría de los espacios el vuelo recreativo con drones está prohibido», y en Red Natura el sobrevuelo con dron va con autorización del INAGA.
- Illes Balears: tres supuestos. En Red Natura fuera de un espacio natural protegido, el reportaje profesional o comercial pide una resolución de afección, y el de uso particular, una declaración responsable de buenas prácticas. En un espacio natural protegido (parque, paraje o reserva) hay que pedir autorización «independientemente de la finalidad».
⚠️ Y ojo con el mapa mental: que ENAIRE Drones no marque el espacio como restringido no significa que puedas volar. Hoy enseña los espacios naturales protegidos y las ZEPA como «zona informativa»: «No implica la restricción o autorización para el sobrevuelo conforme a la normativa aeronáutica»; a renglón seguido recuerda que está prohibido molestar a la fauna silvestre (art. 54.5 de la Ley 42/2007) y manda al gestor del espacio. El volumen de espacio aéreo de cada zona restringida ambiental lo fija la CIDEFO a propuesta de la autoridad ambiental (art. 22.2 del RD 1180/2018). La zonificación aeronáutica y la protección ambiental son capas distintas, y la segunda obliga igual.
Con cuánta antelación
Ninguna norma autonómica verificada fija días de antelación. Lo que fijan es el plazo de resolución, que es otra cosa: no te dice cuándo pedirlo, te dice cuánto pueden tardar. 👉 En la práctica, la antelación se deduce del plazo: si en Galicia el plazo por defecto son dos años, pedirlo con un mes no sirve de nada.
A quién se pide: el mapa de las 17 comunidades y las 2 ciudades
Solo una comunidad tiene norma que nombre el dron en su propio título, y ninguna tiene un régimen común con las demás.
🥇 Norma que nombra expresamente el dron
- Comunitat Valenciana — Resolución de 5 de febrero de 2025 de la Dirección General de Medio Natural y Animal, «para la regulación del vuelo de aeronave por control remoto sin tripulación (conocida como DRON) en el ámbito de los Espacios Naturales Protegidos» (DOGV 10048, 17-02-2025). Es la más completa de España: prohíbe el sobrevuelo en todos los ENP salvo autorización excepcional con informe favorable, y baja a condiciones operativas — regla propia para dormideros de aves y suspensión del vuelo en terreno forestal cuando se declara el nivel 3 de incendios.
- Castilla-La Mancha — la Orden 81/2019 (PRUG del Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona, DOCM 104) prohíbe expresamente «el uso de drones» salvo excepción.
- País Vasco — la regla la ponen decretos por espacio: el Decreto 203/2015 prohíbe expresamente el dron y el Decreto 24/2016 (Urkiola) veta el vuelo a menos de 1.000 m —250 m de áreas críticas—. 🔑 Quien gestiona no es el Gobierno Vasco: son las Diputaciones Forales, y la de Bizkaia publica una tabla espacio por espacio.
- Cataluña — el Decret 148/1992 se aplica expresamente al «vol amb drons» en los espacios del PEIN, y cada parque lo desarrolla a su manera: Montserrat prohíbe el dron recreativo todo el año.
Trámite de dron con nombre propio (aunque la norma no lo nombre)
- Aragón — 🔑 tiene DOS, y uno no vale por el otro: «Autorización vuelo dron (UAS) en zonas Red Natura 2000 y humedales singulares» y otro distinto para espacios naturales protegidos en sentido estricto. La comunidad reparte el régimen según qué figura pises, y presentar el que no toca es empezar de cero. Los tramita el INAGA.
- Navarra — trámite «Autorización para el vuelo de drones», que reparte el territorio en prohibido (reservas naturales e integrales, Etxauri) y autorizable (Bertiz, Urbasa y Andía, Bardenas Reales…). ⚠️ Bardenas Reales es un caso aparte: la gestiona la histórica Comunidad de Bardenas, no el Gobierno de Navarra, tiene instrucciones propias con reglas por lugar concreto —prohibido acercarse a menos de 50 m de la chimenea de hadas de Castildetierra— y exige una tercera autorización del Ejército del Aire, porque hay un polígono de tiro dentro del parque.
- Comunidad de Madrid — 🔑 dos regímenes opuestos dentro de la misma comunidad: el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares veta el dron con carácter general, y el del Curso Medio del Guadarrama lo autoriza caso a caso —nunca con fines recreativos y no entre marzo y agosto, por nidificación—.
- Andalucía — sin trámite general de dron, pero con regla propia de un espacio: la Orden de 28 de junio de 2024 (BOJA 152) del Programa Sectorial de Uso Público de Doñana. ⚠️ Dentro conviven dos regímenes: el sobrevuelo general está prohibido del suelo a 6.000 pies (es la zona restringida LER154 de la AIP: «Parque Nacional. Prohibido el sobrevuelo, excepto aeronaves de estado y vuelos para la conservación del Parque»), y el dron para filmación tiene su propia vía de autorización.
Régimen general, sin que ninguna norma nombre el dron
Castilla y León (art. 96.1 de la Ley 4/2015 del Patrimonio Natural) · Illes Balears (LECO, Ley 5/2005) · Asturias (Ley 5/1991) · Cantabria (Ley 4/2006) · Galicia (Ley 5/2019, arts. 68-71) · Región de Murcia (Ley 4/1992) · Canarias · La Rioja.
📌 Lo de Castilla y León conviene saberlo tal cual: cuando el Servicio Territorial de León responde que en el Parque Regional de Riaño y Mampodre el sobrevuelo «solo se puede autorizar de forma excepcional», no está aplicando una regla de Riaño: aplica el régimen general de la comunidad, porque el PORN de ese parque —de 1994— no menciona el dron en ningún punto.
⚠️ Y en Cantabria el vacío tiene una causa estructural: sus parques naturales no tienen PRUG aprobado y el PORN de las Marismas de Santoña fue anulado por el Tribunal Supremo. No es que no hayan regulado el dron: falta el instrumento donde se escribiría la regla.
🇪🇸 Ceuta y Melilla: no pueden tener norma propia
Ninguna de las dos tiene potestad legislativa en medio ambiente — es competencia de ejecución (art. 22 de sus Estatutos, LO 1/1995 y LO 2/1995). No pueden aprobar una ley como la valenciana: aplican directamente la estatal. Ceuta tiene dos espacios Red Natura cuyos planes de gestión, según el propio MITECO en 2021, seguían sin aprobar.
La página de cada comunidad
ENAIRE Drones da, al pulsar un espacio, el contacto de su gestor. Estos son los enlaces que publica por comunidad, leídos en su servicio y abiertos uno a uno el 10-10-2026:
| Comunidad | Qué es | Enlace |
|---|---|---|
| Aragón | Página «Vuelo de drones en Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000», con la regla de cada espacio | https://www.aragon.es/-/vuelo-drones-espacios-naturales-protegidos |
| Castilla y León | Página «Vuelos con dron. Restricciones y requerimientos», con sus nueve servicios territoriales | https://medioambiente.jcyl.es/web/es/vuelos-dron-resrticciones-requerimientos.html |
| Cataluña | Trámite «Autorización de actividades en espacios naturales protegidos»; entre ellas, las «aéreas tripuladas o no (incluye drones)» | http://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-dactivitats-en-espais-naturals-protegits?category=22436bbe-9e40-11e9-959c-005056924a59 |
| Cataluña, parques de la Diputació de Barcelona | «Permisos y trámites» de sus espacios naturales | https://www.diba.cat/es/web/espais-naturals/permisos-i-tramits |
| Comunidad de Madrid | Trámite «Autorización actividades medio natural» | https://sede.comunidad.madrid/autorizaciones-licencias-permisos-carnes/actividades-obras-espacios-naturales |
| Illes Balears | Página «Red Natura 2000 - Uso de drones», con sus tres supuestos | https://www.caib.es/sites/xarxanatura/es/as_de_drons/ |
| Navarra | Trámite «Autorización para el vuelo de drones» | https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/autorizacion-para-el-vuelo-de-drones |
| Región de Murcia | Trámite «Autorización para la realización de actividades de uso público (recreativas y deportivas) en el Medio Natural» | https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=7022&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288 |
| Andalucía | Lista de las ocho delegaciones territoriales; no es un trámite de dron | https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/consejeria/delegaciones |
En Canarias da la sede electrónica del cabildo de cada isla. En las demás comunidades el contacto que da no es una página web.
Qué hay que enviar
No hay formulario común, pero las peticiones verificadas coinciden en el fondo. Lo que pide una administración tipo:
- La zona exacta: croquis sobre mapa a escala suficiente o coordenadas delimitadoras — no vale «el parque».
- Fechas previstas y finalidad concreta del vuelo y de la filmación, si la hay.
- Composición del equipo y medios accesorios.
- Datos del piloto y del aparato (modelo y número de serie o matrícula).
- Los papeles de AESA: registro de operador, certificado de formación que corresponda a la operación, y póliza de responsabilidad civil.
- 🔑 Y un requisito técnico que la norma aeronáutica no exige: que el aparato tenga sistema de retorno a origen ante agotamiento de batería o pérdida de enlace.
- ⚠️ Aparte, y se olvida siempre: circular con vehículo a motor por pistas forestales suele necesitar su propia autorización, con matrícula y modelo.
Cuánto tardan
| Plazo | Comunidades |
|---|---|
| 3 meses | Castilla y León · Aragón · Asturias · Madrid · Murcia |
| 6 meses | Illes Balears |
| 2 años | Galicia — por defecto legal, al no fijar plazo su ley |
El silencio es DESESTIMATORIO en todas las verificadas. 👉 Que no te contesten no es un sí: es un no, y recurrible. 📌 El cómputo es de fecha a fecha (art. 30.4 de la Ley 39/2015), no en días.
Esto NO sustituye
- Ni al registro de operador ni a la formación ni al seguro: es un permiso añadido, no alternativo.
- Ni a la coordinación aeronáutica si además hay zona geográfica UAS (zonas geográficas, coordinación con aeródromos y ATS).
- Ni a la vía estatal si el espacio es Parque Nacional (autorización de parques nacionales) o ZEPA marina del Estado (autorización ambiental (ZEPA y Red Natura)).
- Ni al permiso del titular del terreno si despegas en propiedad ajena.
🔴 Y un aviso que no es teórico: cuatro administraciones siguen publicando el RD 1036/2017, derogado, como marco estatal vigente — la página de Els Ports en Cataluña, un borrador extremeño, las instrucciones de Bardenas y la comunicación de la Ertzaintza. Si un formulario oficial te cita ese Real Decreto, el formulario está desactualizado, no tú: manda el RD 517/2024.
Relación
Autorización ambiental (ZEPA y Red Natura) · autorización de parques nacionales · afección a la fauna por sobrevuelo de un dron · fauna sensible · competencias autonómicas · coordinación autonómica y local · zonas geográficas · RD 1180/2018 · índice de trámites y permisos
Fuentes: boletines oficiales y sedes electrónicas de las 17 comunidades autónomas, Ceuta y Melilla (reconocimiento de septiembre de 2026); Real Decreto 1180/2018, art. 19; Real Decreto 517/2024, art. 37.1; Ley 39/2015, art. 30.4. Comprobado 2026-09-05. Guía de zonas de AESA (UAS-OPR-P01-DT15, ed. 03), páginas de las comunidades y contacto del gestor en ENAIRE Drones: 10-10-2026.