LECCIÓN 08 DE 14 · 2 MIN · GRATIS

Tema 7. Privacidad y protección de datos

Una cámara voladora capta personas, matrículas y viviendas: datos personales. Te aplican el RGPD (Reglamento UE 2016/679) y la LOPDGDD (LO 3/2018), supervisados en España por la AEPD.

  • Para grabar a personas identificables necesitas una base legal (su consentimiento, un encargo legítimo informado, etc.).
  • Evita captar el interior de viviendas, jardines privados y a personas en situaciones íntimas: puede ser una intromisión ilegítima (LO 1/1982, derecho al honor y a la propia imagen).
  • Si publicas imágenes, las personas reconocibles tienen derechos: difumina o pide permiso.
  • Si te registraste como operador con cámara, declaraste actuar conforme a la normativa de protección de datos: cúmplela.
  • Regla práctica recreativa: encuadra paisajes, no caras; vuela donde no invadas la intimidad de nadie.

Clave para el examen

FIG. — ¿PUEDO GRABAR ESTO? (PINCHA UN CASO)

permitidocon condiciones

Grabar un paisaje sin personas

VEREDICTO
Permitido: no hay datos personales.

RGPD (UE) 2016/679

RGPD + LOPDGDD; autoridad: AEPD. Grabar personas identificables exige base legal. Prohibido captar el interior de viviendas. El derecho a la propia imagen protege incluso en espacios públicos.

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