🏛️ Fuente oficial: DOGV. Si otra web dice otra cosa, vale la fuente oficial.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
La reserva marina del Cabo de San Antonio regula los usos del mar, no el aire: su decreto no nombra aeronaves, drones ni vehículos submarinos o de superficie no tripulados. Pero sí prohíbe en los deportes náuticos «cualquier tipo de artefacto náutico autopropulsado» (art. 3.1.e). Para volar un dron por encima, las zonas geográficas y el espacio protegido terrestre que coincida con ella, si lo hay.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
| Figura | Reserva marina de interés pesquero, de la Generalitat Valenciana, en aguas interiores |
| Comunidad | Comunitat Valenciana (entre el Cabo de San Antonio y la punta de San Nicolás, Alicante) |
| Norma | Decreto 19/2015, de 13 de febrero, del Consell (DOGV núm. 7466, de 16-02-2015); legislación consolidada, última revisión de 17-06-2017 |
| Qué abarca | Las aguas interiores entre la punta más al este del Cabo de San Antonio y el meridiano 00° 08' 10" E, que pasa por la punta de San Nicolás (art. 1) |
| Quién autoriza | La dirección general competente en pesca marítima de la Generalitat, como la nombra el decreto |
| Zona de la AIP | El ENR 5.1 de la AIP no publica ninguna zona con el nombre de esta reserva. |
El decreto derogó el de 1993 que creó la reserva y cuenta, en su preámbulo, que su marco incluye el Plan de ordenación de los recursos naturales del Montgó (Decreto 180/2002). Su art. 4, sobre el buceo, lo derogó el Decreto 76/2017, de 9 de junio, que regula las autorizaciones de las actividades subacuáticas de recreo en las reservas marinas de la Comunitat Valenciana; el anexo I, con los cupos de inmersiones, sigue en vigor.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
🗣️ Si vas a usar un dron, un ROV o un USV en el Cabo de San Antonio
- «¿Puedo meter un ROV en la reserva marina del Cabo de San Antonio?»
- «¿Puedo volar el dron sobre la reserva marina de Jávea?»
¿Se puede usar un dron, un ROV o un USV en la reserva?
El decreto no lo dice expresamente: no nombra drones, aeronaves, vehículos no tripulados, sumergibles ni robots. Lo más cercano está en su lista de actividades prohibidas en toda la reserva (art. 3.1):͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
- art. 3.1.a: «Fondear embarcaciones.»
- art. 3.1.e: «Los deportes náuticos que impliquen la utilización de embarcaciones a motor, motos náuticas y cualquier tipo de artefacto náutico autopropulsado.»
- art. 3.1.f: «Las actividades submarinas de recreo que impliquen la utilización de motor sin la correspondiente autorización.»
👉 En corto: Un USV o un ROV no aparecen con su nombre. El decreto prohíbe en toda la reserva los deportes náuticos con cualquier artefacto náutico autopropulsado (art. 3.1.e) y las actividades submarinas de recreo con motor sin autorización (art. 3.1.f). Que el decreto no nombre el ROV o el USV no quiere decir que esté permitido: se pregunta antes a la administración pesquera de la Generalitat.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Para volar un dron por encima el decreto no pone reglas: cuentan las zonas geográficas que dé ENAIRE Drones y, si el lugar coincide con un espacio natural protegido o una ZEPA, la norma y el gestor de ese espacio (espacios naturales autonómicos · ZEPA y Red Natura · fauna sensible).͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Cómo se pide la autorización
A la dirección general competente en pesca marítima de la Generalitat Valenciana; las solicitudes de pesca profesional en la subzona permitida se presentan en su dirección territorial de Alicante (art. 6.1.b). La reserva es autonómica: no la gestiona el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Relación
espacios naturales, uno a uno · ROV · actividades no EASA · Isla de Tabarca · Islas Columbretes · fauna sensible · zonas geográficas͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Fuentes: Decreto 19/2015, de 13 de febrero, del Consell, preámbulo, arts. 1, 3 y 6 y disposición derogatoria (DOGV, legislación consolidada, revisión de 17-06-2017). Comprobado el 05-11-2026.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏