🏛️ CAPA OFICIAL — fuente primaria (EASA). Manda sobre todo lo demás.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
🔴 Es una PROPUESTA, no norma en vigor. EASA la publicó el 18-09-2026 y la ha enviado a la Comisión Europea, que decide si la adopta (apartado 1.2 de la Opinión). Hasta que la Comisión publique el Reglamento modificador en el Diario Oficial, siguen mandando los Reglamentos (UE) 2019/947 y 2019/945 tal como están: hoy, el registro en abierta es desde 250 g o con cámara (art. 14.5) → registro de operador · Remote ID.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Texto oficial: EASA · Opinion No 06/2026
De dónde sale
- El Plan de Acción de la Comisión sobre seguridad de drones y antidrones del 11-02-2026 pidió el registro desde 100 g y el Remote ID para drones más pequeños → plan UE de seguridad de drones.
- EASA lo consultó en el NPA 2026-103 (18-05-2026), que traía simplificación y seguridad. Esta Opinión recoge solo la seguridad; la de simplificación, EASA la prevé para el cuarto trimestre de 2026 → simplificación de la abierta.
Lo que propone
- Registro desde 100 g en la abierta (art. 14.5): un único umbral de masa, que sustituye al de 250 g o cámara y a la excepción del juguete. Los cautivos de hasta 1 kg siguen sin registro. En la específica, se registra todo operador, como hoy.
- Verificar la identidad del operador antes de registrarlo (art. 14.1); el cómo lo decide cada Estado.
- Remote ID directo desde 100 g en la abierta (UAS.OPEN.050, punto 9) y en toda la específica por debajo de 120 m (UAS.SPEC.050, punto 1.l.ii). Solo el directo: el de red no vale como alternativa.
- Que el dron no despegue si no se ha cargado el número de operador o no pasa la comprobación (en las Partes 1 a 5 del anexo del 2019/945).
- Zonas geográficas con «condiciones nacionales» (art. 15): los Estados pueden crearlas, con una evaluación de que son necesarias y proporcionadas.
- Clubes de aeromodelismo: el Estado dice en la autorización del art. 16 si llevan Remote ID.
- Tolerancia de masa del 2 % o 3 % entre la masa real y la MTOM declarada, según la clase.
- Se cae del NPA: la distancia a «infraestructuras críticas» y la extensión de la geoconsciencia.
Los drones que ya tienes (art. 20 nuevo)
Para los UAS comercializados antes de 12 meses después de la entrada en vigor:͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
- ninguno tiene que incorporar el bloqueo de despegue;
- los de 900 g o menos no tienen que montar un módulo de Remote ID;
- los de más de 900 g tendrán que llevarlo en 48 meses desde la entrada en vigor.
Las autorizaciones operacionales y los LUC anteriores siguen sin esos dos requisitos mientras no cambie el modelo de dron. El registro desde 100 g y la verificación de identidad no tienen transición: se aplicarían al entrar en vigor (apartado 2.3.7).͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Fechas
Ninguna fijada: el Reglamento entraría en vigor a los 20 días de su publicación, y los plazos de 12 y 48 meses cuentan desde ahí. Mientras la Comisión no lo adopte, no se aplica nada de esto.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Relación
Reglamento (UE) 2019/947 · Reglamento (UE) 2019/945 · Remote ID · registro de operador · zonas geográficas · aeromodelismo · plan UE de seguridad de drones · simplificación de la abierta · normas vigentes y derogadas͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Fuente: EASA, Opinion No 06/2026 «Regular update of Regulations (EU) 2019/947 and (EU) 2019/945 — Security» y sus dos borradores de Reglamento (easa.europa.eu, descargados el 30-10-2026).͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏