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Plantilla — GU04D Anexo V: caracterización y condiciones de la PDRA-S01[F]

Fuente primaria (BOE / EUR-Lex / EASA). Manda sobre todo lo demás.

ACTUALIZADO 2026-07-16 · VIGENTE ✓

🏛️ CAPA OFICIAL — plantilla AESA UAS-OPR-P01-GU04D Ed.01 (Anexo V de la guía de presentación de la autorización, GU04). Manda sobre lo demás. Complementa la síntesis narrativa ya fichada en guias-aesa-especifica §1 (mismos datos; aquí en su forma de formulario a rellenar, verificado consistente entre ambas fuentes).

El formulario-matriz con el que el operador declara, condición a condición, que su operación de aplicación aérea de productos fitosanitarios cumple las condiciones tasadas de la [PDRA-S01F]. No es narrativo: es una tabla de tres columnas que se repite a lo largo de ~50 condiciones agrupadas por materia.

Cómo está montado (tres columnas)

Materia Condición Integridad (dónde se justifica) Garantía (qué se firma)
p. ej. "Límite de alcance de la UA" "Distancia VLOS del piloto a distancia en todo momento, no superando los 500 metros de distancia" "Incluir referencia exacta al capítulo/sección del MO" "Declaro el cumplimiento"

Las condiciones marcadas N/A en la columna de garantía no se declaran: son datos fijos que ya vienen impuestos por la propia PDRA (p. ej. la clasificación de riesgo o los límites técnicos que definen el escenario).

Bloques de condiciones (fiel al documento; detalle ítem a ítem ya en guias-aesa-especifica §1)

  1. Caracterización operacional (1.1–1.14): no autónoma, una sola UA, no desde vehículo en movimiento, no transferir el control · VLOS ≤ 500 m · zona terrestre controlada escasamente poblada (UA anclada = radio cable+5 m) · dimensión característica ≤ 3 m · altura ≤ 30 m AGL (+15 m si obstáculo >105 m a <50 m; margen si se opera entre 120 y 150 m) · espacio aéreo no controlado/zonas geográficas o controlado con coordinación (ARC-b o menor) · visibilidad VLOS completa · "la UA no debe utilizarse para dejar caer material o transportar mercancías peligrosas, excepto para dejar caer artículos en relación con actividades agrícolas, hortícolas o forestales, cuando el transporte de dichos artículos no contraviene ninguna otra normativa aplicable" (remite al RD 1311/2012 y a la Directiva 2009/128/CE).
  2. Clasificación del riesgo operacional: GRC final 3 · ARC final b · SAIL II (dato fijo, no se declara).
  3. Mitigaciones operacionales (3.1–3.14): volumen operacional + margen por riesgo en tierra (tabla por altura AGL: 10 m→10 m, 30 m→20 m) + volumen adyacente · esquema de no conflicto · el volumen operacional debe quedar fuera de la zona de restricción de un aeródromo salvo permiso de la entidad responsable.
  4. Condiciones para el operador y las operaciones (4.1–4.4): Manual de Operaciones (AMC1 UAS.SPEC.030(3)(e)) · cumplimiento del Reg. (UE) 2016/679 (RGPD) · minimizar ruido/emisiones · contingencia/emergencia validadas por vuelos de prueba o simulación · ERP de robustez media · geoconciencia · zona terrestre controlada efectiva y coordinada · personal informado/formado y con aceptación explícita · registros ≥3 años · mantenimiento · servicios externos.
  5. Condiciones para el personal (5.1–5.3.10): registro de formación ≥3 años · potestad del piloto de cancelar o retrasar el vuelo (seguridad de personas, propiedad, otros usuarios, incumplimiento de la autorización) · aptitud psicofísica del piloto · certificados teóricos + prácticos de la PDRA (con la vía alternativa 5.3.10 que admite un certificado STS-ES legado como evidencia de formación — no reabre el escenario caducado, ver vigente-vs-derogada) · reglas durante el vuelo (VLOS ≤500 m, ≤5 m/s si no anclada, activar DRI).
  6. Condiciones técnicas del UAS (6.1–6.4): UAS clase C5 (parte 16 Reg. 2019/945) o alternativa sin etiqueta C3/C5 si MTOM <25 kg y eléctrico (con nota informativa EASA) · condiciones básicas de contención si el área adyacente no incluye población ni el espacio aéreo adyacente es ARC-d · si está diseñada para rociar: evitar liberación accidental de sustancia + medio para detener de inmediato la pulverización en emergencia.

Cómo se usa

Se presenta como Anexo V dentro de la solicitud de autorización (guía GU04, Ed.12) cuando el operador se acoge a la PDRA-S01[F]; cada fila exige cita exacta del capítulo/sección del Manual de Operaciones que sostiene el "Declaro el cumplimiento". Se apoya en el [ConOps de la PDRA-S01F] y en el Manual de Operaciones. Fichero editable:.

Relación

guias-aesa-especifica · pdra-s01-f · conops-pdra-s01-f · fitosanitarios · sora · oso · c5 · manual-operaciones-general · anatomia-plantillas-permisos · procedimientos-aesa

Fuente primaria: plantilla oficial AESA UAS-OPR-P01-GU04D Ed.01 (Anexo V). Contenido verificado consistente con la síntesis ya fichada en guias-aesa-especifica (misma clasificación GRC 3 · ARC-b · SAIL II, mismos límites). Extraído del texto oficial 2026-07-16.

FUENTE ÚNICA: el conocimiento vive en la base normativa de freedrone y se regenera cuando la norma cambia.
Esta nota no sustituye asesoramiento aeronáutico profesional.