Capa oficialEspaña

PDRA-S01[F] — tratamientos fitosanitarios aéreos con dron

Fuente primaria (BOE / EUR-Lex / EASA). Manda sobre todo lo demás.

ACTUALIZADO 2026-07-11 · VIGENTE ✓

PDRA-S01[F] — tratamientos fitosanitarios aéreos con dron — biblioteca de medios de freedrone.org
FOTO: biblioteca de medios de freedrone.org

🏛️ CAPA OFICIAL — PDRA nacional de AESA + RD 1311/2012. Manda sobre todo lo demás.

Adaptación española de la PDRA-S01 para fumigación y dispersión de productos agrícolas/forestales. Uno de los casos estrella del sector. La clave: suma dos marcos que se acumulan — el aeronáutico (AESA) y el fitosanitario (agrario/ambiental).

Condiciones aeronáuticas (PDRA-S01[F], AESA)

Parámetro Valor
Dron dimensión característica ≤ 3 m
Modo VLOS, distancia máx. 500 m del piloto
Entorno zona terrestre controlada, escasamente poblada
Altura < 30 m AGL (salvo cerca de obstáculos)
Documentación tabla PDRA-S01[F] firmada por el gestor + declaración responsable (F07) + Manual de Operaciones general + [ConOps PDRA-S01F] (plantillas oficiales AESA)

Requisitos fitosanitarios ADICIONALES (no aeronáuticos — se acumulan)

  1. Carné de piloto aplicador aéreo (art. 18 del RD 1311/2012, uso sostenible de fitosanitarios; vigente, modificado por RD 1050/2022 y RD 34/2025): curso de 90 h (69 online + 21 presencial).
  2. Registro ROPO (Registro Oficial de Productores y Operadores) — operador/empresa inscrito en tratamientos fitosanitarios.
  3. ITEAF (RD 1702/2011) — el pulverizador del dron debe pasar la inspección técnica de equipos de aplicación.
  4. Autorización de la Comunidad Autónoma: los tratamientos aéreos están PROHIBIDOS salvo autorización expresa de la CCAA (RD 1311/2012).
  5. Solo productos cuya autorización del MAPA recoja expresamente la aplicación por UAS/RPAS (Registro de Productos Fitosanitarios).
  6. Cobertura de responsabilidad civil por aplicación de fitosanitarios, recogida EXPRESAMENTE en la póliza — no basta con el seguro aeronáutico. Ver la sección siguiente.

El seguro: la cobertura fitosanitaria tiene que venir en la póliza

🧑‍✈️ Validado por el piloto (2026-08-04). El seguro de responsabilidad civil aeronáutico no cubre el daño fitosanitario por el hecho de existir: la aplicación de productos fitosanitarios tiene que aparecer expresamente recogida en la póliza. No vale cualquier seguro.

📌 La prueba que hay que hacer es leer la póliza, no contar pólizas. Da igual si la cobertura llega como un suplemento sobre el seguro aeronáutico o como una póliza aparte: lo que decide es que el clausulado nombre la aplicación de fitosanitarios. Una póliza de RC de aeronave estándar, sin esa mención, deja el tratamiento sin cubrir aunque el vuelo esté perfectamente asegurado.

⚠️ Por qué es una trampa real: el daño típico de esta operación no es aeronáutico. Es la deriva del producto sobre la parcela del vecino, sobre un cultivo ecológico contiguo o sobre un cauce — un daño que ocurre sin que el dron falle ni se caiga, así que el siniestro no encaja en el riesgo que cubre la póliza de aeronave. Los dos seguros responden a dos cosas distintas: el aeronáutico, a que el aparato cause daño; el fitosanitario, a que lo cause el producto.

La declaración responsable (F07)

El expediente se cierra con la plantilla oficial UAS-OPR-P01-DT01-F07 (declaración responsable), en la que el responsable de la operadora declara ante AESA que: dispone del Manual de Operaciones general y del Anexo ConOps PDRA-S01[F] (formatos AESA), que los ha adaptado y cumplimentado a sus datos y procedimientos, que garantiza que el personal actúe conforme (procedimientos, listas de comprobación, registros, formación) y que las operaciones se ajustarán a las condiciones de la PDRA-S01[F] y su autorización.

La lección clave

Quien quiere "fumigar con dron" necesita cinco cosas más allá del vuelo: carné aplicador, ROPO, ITEAF, autorización autonómica y seguro doble. El dron (Agras) es lo fácil; el papeleo es el negocio.

Relación

pdra-s01 · fitosanitarios · caso-agricultura · dji-agras-t50 · categoria-especifica · miteco · aesa · conops-pdra-s01-f · manual-operaciones-general · anatomia-plantillas-permisos · guias-aesa-especifica · matriz-de-permisos

Fuentes: AESA (PDRA-S01[F], verificado 2026-07-07) + RD 1311/2012. Nacional española.

FUENTE ÚNICA: el conocimiento vive en la base normativa de freedrone y se regenera cuando la norma cambia.
Esta nota no sustituye asesoramiento aeronáutico profesional.