🏛️ CAPA OFICIAL · ⚠️ Trámite EXTRANJERO: no aplica en España. Está aquí para el piloto español que cruza. Índice de la capa: indice-de-tramites-exterior
🗣️ Cómo se pregunta esto
«¿tengo que registrarme otra vez para volar en Portugal?» · «mi registro de AESA vale allí» · «¿el número español sirve?»
Cuándo hace falta
Operando en espacio aéreo portugués un UAS de más de 250 g, «ainda que sejam de construção amadora» (art. 3.2). Y es previo: «Cada UAS só pode ser operado se o respetivo operador estiver validamente registado junto da ANAC» (art. 3.1).
⚠️ El umbral nacional portugués es solo la masa. El criterio de «o lleva cámara» que conocemos en España viene del art. 14 del reg-2019-947, que también se aplica en Portugal — pero no del decreto portugués.
Con cuánta antelación
No hay un plazo numérico. El registro tiene que estar válido antes de operar, y punto. Lo que sí caduca es él: vale 5 años y se revalida en los 90 días anteriores a su vencimiento; «O registo que não seja revalidado caduca» (art. 11).
A quién se pide
ANAC, a través de su plataforma electrónica de registro (art. 4.1).
Qué hay que enviar
Los elementos obligatorios del art. 4.1: nombre, número de identificación civil, NIF, correo electrónico y teléfonos del operador, y su domicilio o sede si es persona jurídica; más los datos de la aeronave.
Hecho el registro, ANAC asigna un código de identificación de 10 dígitos (art. 7.1) y su etiqueta debe ir fijada a la estructura de la aeronave, «sem rasuras» (art. 7.2).
Cuánto tardan
No consta. El decreto no fija plazo de resolución ni sentido del silencio. Va en la consulta a ANAC.
Esto NO sustituye
No sustituye a tu registro español: el registro de operador se hace en el Estado de residencia, y este es un deber nacional portugués que se suma. Tampoco sustituye al seguro (dl-58-2018 art. 10, obligatorio por encima de 900 g), ni al certificado de piloto, ni a respetar las zonas geográficas (portugal).
Relación
portugal · dl-58-2018 · portugal-anac · registro-operador-aesa (el equivalente español) · operaciones-transfronterizas-uas · indice-de-tramites-exterior
Fuente: Decreto-Lei n.º 58/2018, de 23 de julho (Diário da República, 1.ª série, N.º 140), arts. 3, 4, 7, 11 y 14. Comprobado 2026-09-02.