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Ley balear de tasas. Su artículo 343 ter regula una tasa por fotografías, filmaciones y producciones audiovisuales en espacios naturales, con un supuesto para las realizadas con RPA. Es una tasa pública.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Texto oficial: BOE-A-1999-2944
| Campo | Dato |
|---|---|
| Título oficial | Ley 11/1998 de tasas de las Illes Balears |
| Publicación | BOE núm. 31, de 1999-02-05 |
| Vigencia | Vigente. |
| Modificada por | 42 normas; la lista, en el texto consolidado del BOE |
| A quién aplica | Quien filme con dron en esos espacios |
Lo que dice, artículo por artículo
Artículo 343 ter. Tasa por fotografías y filmaciones en espacios naturales
Artículo 343 ter. Tasa por fotografías, filmaciones y producciones audiovisuales en espacios de relevancia ambiental.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
1.º Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de servicios derivada de la utilización de cada espacio de relevancia ambiental para hacer fotografías, filmaciones y producciones audiovisuales destinadas al uso comercial amparadas por la autorización o la evaluación de repercusiones ambientales pertinentes.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Quedan exentas del pago de esta tasa, las fotografías, las filmaciones y las producciones audiovisuales siguientes:͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
a) Las relacionadas exclusivamente con la difusión de información relativa al patrimonio natural o cultural del espacio natural.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
b) Las de acontecimientos particulares de tipo familiar o doméstico en fincas privadas.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
c) Las que tengan finalidades científicas.
d) Las de inspección y vigilancia por el cumplimiento de la normativa vigente.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
e) Las destinadas al mantenimiento de infraestructuras y equipamientos públicos.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
La tasa se aplicará cuando sean espacios de relevancia ambiental de las Illes Balears, con independencia de los precios o las tasas que, si procede, corresponda abonar a otras administraciones.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
2.º Sujeto pasivo. Son sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, que soliciten la autorización o la evaluación de repercusiones ambientales necesaria para llevar a cabo las actividades que constituyen el hecho imponible.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
3.º Tarifas. La tasa se exige de acuerdo con las siguientes tarifas:͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Número de participantes en la producción
Euros/día
Entre 1 y 4.
Entre 5 y 20.
Más de 21.
Asimismo, a efectos de la aplicación de esta tasa, se consideran incluidas las fotografías, las filmaciones y las producciones audiovisuales realizadas con RPA (dron).͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Se aplicarán recargos en los siguientes casos:
a) Recargo del 50 % de la cuantía, en caso de trabajos nocturnos, entendidos como los que se hacen antes de la salida y después de la puesta del sol.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
b) Recargo de 50 euros por cada una de las modificaciones que se soliciten, durante la tramitación del procedimiento, de las condiciones iniciales objeto de autorización o evaluación, sin que ello incluya la incorporación de nuevos espacios naturales, para lo que deberá presentarse una nueva solicitud.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
4.º Devengo. La tasa se devenga en el momento en que se solicita la prestación de los servicios que constituyen su hecho imponible.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
- Qué dice, en corto: Prevé una tasa para filmar con dron en espacios protegidos.
- A quién aplica: Quien filme con dron en esos espacios.
- Frente a EASA: Norma fiscal, aparte de la de vuelo.
Relación
la normativa que no es de EASA · actividades no EASA · RD 517/2024 · Reglamento (UE) 2018/1139͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Fuentes: Ley 11/1998 de tasas de las Illes Balears. Texto literal cotejado con la fuente oficial el 05-11-2026.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏