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Texto oficialEspaña

Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se modifica la de 10 de agosto de 2020, sobre limitaciones y condiciones al ejercicio de la navegación deportiva o de recreo en aguas continentales de la cuenca del río Guadiana

Sacado del texto oficial (BOE · EUR-Lex · EASA). Si otra web dice otra cosa, vale lo que dice la norma.

ACTUALIZADO 05-11-2026 · VIGENTE ✓

🏛️ Fuente oficial: fuente primaria, con el texto literal de cada artículo. Si otra web dice otra cosa, vale la fuente oficial.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌‌͏‌͏‌͏‌͏‍͏⁠‍͏‍⁠‌‌͏͏͏‍͏‍͏͏⁠‍͏⁠‌‍‌͏͏‌‍‌‌͏͏͏͏͏͏⁠͏‍͏͏͏͏͏⁠‌͏͏͏‍‌͏͏⁠⁠͏‌͏‌͏‍͏͏‍͏͏͏‍‌͏‌⁠͏‌‍‍‌⁠͏‌⁠‍⁠⁠⁠‌⁠‌⁠

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre navegación y pesca en sus embalses. Nombra drones junto a barcos cebadores: son flotantes, no aeronaves.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌‌͏‌͏‌͏‌͏‍͏⁠‍͏‍⁠‌‌͏͏͏‍͏‍͏͏⁠‍͏⁠‌‍‌͏͏‌‍‌‌͏͏͏͏͏͏⁠͏‍͏͏͏͏͏⁠‌͏͏͏‍‌͏͏⁠⁠͏‌͏‌͏‍͏͏‍͏͏͏‍‌͏‌⁠͏‌‍‍‌⁠͏‌⁠‍⁠⁠⁠‌⁠‌⁠

Texto oficial: BOE-A-2024-11847

Campo Dato
Título oficial Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., por la que se modifica la de 10 de agosto de 2020, sobre limitaciones y condiciones al ejercicio de la navegación deportiva o de recreo en aguas continentales de la cuenca del río Guadiana.
Publicación BOE, identificador BOE-A-2024-11847
Vigencia Vigente.
A quién aplica Quien pesque en esos embalses

Lo que dice, artículo por artículo

Pasaje que nombra drones

A la vista de lo anterior, dentro de la batería de medidas puestas en marcha para controlar la situación, reducir el potencial daño que pueda generarse por la presencia de esta especie y evitar en la medida de lo posible su propagación se considera necesario prohibir de manera indefinida la navegación en cualquier modalidad así como la flotación con artefactos complementarios del baño y de cualquier otro tipo (patos o float tubes, drones, barcos cebadores, tablas de paddle surf, windsurf o similares) en los embalses citados.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌‌͏‌͏‌͏‌͏‍͏⁠‍͏‍⁠‌‌͏͏͏‍͏‍͏͏⁠‍͏⁠‌‍‌͏͏‌‍‌‌͏͏͏͏͏͏⁠͏‍͏͏͏͏͏⁠‌͏͏͏‍‌͏͏⁠⁠͏‌͏‌͏‍͏͏‍͏͏͏‍‌͏‌⁠͏‌‍‍‌⁠͏‌⁠‍⁠⁠⁠‌⁠‌⁠

  • Qué dice, en corto: Nombra drones flotantes en embalses, no aeronaves.
  • A quién aplica: Quien pesque en esos embalses.
  • Frente a EASA: Sin relación con EASA.

Relación

la normativa que no es de EASA · actividades no EASA · RD 517/2024 · Reglamento (UE) 2018/1139⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌‌͏‌͏‌͏‌͏‍͏⁠‍͏‍⁠‌‌͏͏͏‍͏‍͏͏⁠‍͏⁠‌‍‌͏͏‌‍‌‌͏͏͏͏͏͏⁠͏‍͏͏͏͏͏⁠‌͏͏͏‍‌͏͏⁠⁠͏‌͏‌͏‍͏͏‍͏͏͏‍‌͏‌⁠͏‌‍‍‌⁠͏‌⁠‍⁠⁠⁠‌⁠‌⁠

Fuentes: Resolución de 22-05-2024, Confederación Hidrográfica del Guadiana. Texto literal cotejado con la fuente oficial el 05-11-2026.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌‌͏‌͏‌͏‌͏‍͏⁠‍͏‍⁠‌‌͏͏͏‍͏‍͏͏⁠‍͏⁠‌‍‌͏͏‌‍‌‌͏͏͏͏͏͏⁠͏‍͏͏͏͏͏⁠‌͏͏͏‍‌͏͏⁠⁠͏‌͏‌͏‍͏͏‍͏͏͏‍‌͏‌⁠͏‌‍‍‌⁠͏‌⁠‍⁠⁠⁠‌⁠‌⁠

Normativa no EASA · las 64 fichas

FUENTE ÚNICA: el conocimiento vive en la base normativa de freedrone y se regenera cuando la norma cambia.
Esta nota no sustituye asesoramiento aeronáutico profesional.