🏛️ Fuente oficial: fuente primaria, con el texto literal de cada artículo. Si otra web dice otra cosa, vale la fuente oficial.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Esta ley regula Policía Canaria. En su consolidado no aparecen «dron», «no tripulad», «RPAS» ni «UAS».͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Texto oficial: BOE-A-2008-12494
| Campo | Dato |
|---|---|
| Título oficial | Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria. |
| Publicación | BOE núm. 175, de 2008-07-21 |
| Vigencia | Vigente según el texto consolidado del BOE (última redacción publicada el 29-12-2025; consultado el 02-11-2026). |
| Modificada por | 7 normas; la lista, en el texto consolidado del BOE |
| A quién aplica | Policía Canaria |
Lo que dice, artículo por artículo
art. 1
Artículo 1. Objeto.
La presente ley tiene por objeto la creación del Cuerpo General de la Policía Canaria como policía dependiente de la Comunidad Autónoma de Canarias y la regulación de su régimen jurídico en el marco del Estatuto de Autonomía de Canarias y de la Ley del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
- Qué dice, en corto: Norma de creación o regulación del cuerpo.
- A quién aplica: Policía Canaria
- Frente a EASA: Actividad no EASA: excluida por el Reglamento (UE) 2018/1139, art. 2.3.a), y regulada por el RD 517/2024.
Relación
la normativa que no es de EASA · actividades no EASA · RD 517/2024 · Reglamento (UE) 2018/1139͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Fuentes: Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.. Texto literal cotejado con la fuente oficial el 05-11-2026.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏