Aviso

Estamos en fase de pruebas: la web es nueva y puede que algo no funcione bien. Si te encuentras un fallo, cuéntanoslo y lo arreglamos. Tu cuenta y tu progreso están a salvo. Más información

Texto oficialEspaña

Ley 16/1985 (Patrimonio Histórico Español)

Sacado del texto oficial (BOE · EUR-Lex · EASA). Si otra web dice otra cosa, vale lo que dice la norma.

ACTUALIZADO 05-11-2026 · VIGENTE ✓

🏛️ Sacado del texto oficial (BOE). Si otra web dice otra cosa, vale lo que dice la norma.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌͏‍⁠͏‌͏‌‍͏‍‌͏‌‍⁠‍͏͏‍‌͏‌‍⁠‍͏⁠‍͏‍‌⁠⁠⁠⁠⁠⁠⁠͏‍

La ley estatal del patrimonio histórico no nombra aeronaves, drones ni la grabación desde el aire. No hay en ella un permiso para fotografiar o sobrevolar un monumento. Le toca al piloto por otra puerta: la prospección arqueológica, que necesita autorización expresa de la Administración competente. Las comunidades autónomas tienen sus propias leyes de patrimonio, que no están aquí → arqueología y patrimonio.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌͏‍⁠͏‌͏‌‍͏‍‌͏‌‍⁠‍͏͏‍‌͏‌‍⁠‍͏⁠‍͏‍‌⁠⁠⁠⁠⁠⁠⁠͏‍

Texto oficial (consolidado): BOE · BOE-A-1985-12534

Campo Dato
Título Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
Publicación BOE núm. 155, de 29-06-1985
Vigencia Vigente. Última redacción en el consolidado del BOE: 03-10-2026

La prospección arqueológica: arts. 41 y 42

  • Qué es (art. 41.2): «Son prospecciones arqueológicas las exploraciones superficiales o subacuáticas, sin remoción del terreno, dirigidas al estudio, investigación o examen de datos sobre cualquiera de los elementos a que se refiere el apartado anterior.» (los restos históricos o paleontológicos y sus componentes geológicos).
  • Necesita permiso (art. 42.1): «Toda excavación o prospección arqueológica deberá ser expresamente autorizada por la Administración competente», que comprueba que los trabajos siguen «un programa detallado y coherente».
  • Sin permiso es ilícita (art. 42.3): las prospecciones «realizadas sin la autorización correspondiente» se sancionan conforme a esta ley.
  • 📌 La ley no dice expresamente si un vuelo con dron que capta datos para estudiar un yacimiento (fotogrametría, multiespectral, LiDAR) es una de las «exploraciones superficiales». Lo más cercano es el art. 41.2: exploración sin remoción del terreno dirigida al estudio de esos restos. La ley habla de «la Administración competente» sin nombrarla.

Los bienes de interés cultural (art. 13)

El art. 13 regula el título oficial de los BIC y las obligaciones de sus propietarios: permitir su inspección, su estudio a los investigadores y su visita pública «al menos cuatro días al mes» (art. 13.2). No dice nada de grabarlos ni de sobrevolarlos. Si el monumento es además un Real Sitio, su titular es Patrimonio Nacional → permisos de dominio público.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌͏‍⁠͏‌͏‌‍͏‍‌͏‌‍⁠‍͏͏‍‌͏‌‍⁠‍͏⁠‍͏‍‌⁠⁠⁠⁠⁠⁠⁠͏‍

Relación

arqueología y patrimonio · permisos de dominio público · Patrimonio Nacional · competencias autonómicas⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌͏‍⁠͏‌͏‌‍͏‍‌͏‌‍⁠‍͏͏‍‌͏‌‍⁠‍͏⁠‍͏‍‌⁠⁠⁠⁠⁠⁠⁠͏‍

Fuente: BOE — Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (BOE-A-1985-12534), texto consolidado.⁠‍‌⁠͏͏͏‌͏⁠‌͏‌‌‍͏‍͏͏‍‍͏‍͏‍‌‌͏‍⁠͏‌͏‌‍͏‍‌͏‌‍⁠‍͏͏‍‌͏‌‍⁠‍͏⁠‍͏‍‌⁠⁠⁠⁠⁠⁠⁠͏‍

Normas · las 51 fichas

FUENTE ÚNICA: el conocimiento vive en la base normativa de freedrone y se regenera cuando la norma cambia.
Esta nota no sustituye asesoramiento aeronáutico profesional.