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Ley 18/2014 (régimen jurídico de AENA y ordenación aeroportuaria)

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ACTUALIZADO 2026-07-20 · VIGENTE ✓

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Qué regula (solo la parte aeroportuaria): Su Título II, Capítulo I ("Ordenación de los aeropuertos de interés general") fija el régimen jurídico de Aena, S.M.E., S.A. como sociedad mercantil estatal que gestiona de forma directa y unitaria la red de aeropuertos de interés general, y separa esa gestión de la navegación aérea, que queda en la entidad pública empresarial ENAIRE. ⚠️ La ley es muy amplia y toca muchas materias; esta ficha cubre únicamente lo aeroportuario / de AENA.

Elemento Qué fija Artículo
Gestión aeroportuaria Gestión directa de los aeropuertos de interés general por Aena, S.A. Art. 17
Cambio de denominación La EPE «AENA» pasa a llamarse ENAIRE; los aeropuertos los gestiona Aena, S.A. Art. 18
Definiciones «Red de aeropuertos», servicios aeroportuarios básicos, etc. Art. 19
Competencias y financiación Reparto de competencias y deber de colaboración Art. 20
DORA Documento de Regulación Aeroportuaria, por períodos quinquenales Art. 23

AENA y ENAIRE: qué es cada uno tras la Ley 18/2014

  • ENAIRE = entidad pública empresarial (antes llamada «Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, AENA»; el art. 18 ("Cambio de denominación") le cambia el nombre). Conserva la navegación aérea y el espacio aéreo.
  • Aena, S.M.E., S.A. = sociedad mercantil estatal que gestiona los aeropuertos de interés general (el art. 17 establece esa gestión directa).
  • Control público: ENAIRE ostenta el 51 % del capital de Aena, S.M.E., S.A.; el 49 % restante cotiza en bolsa desde 2015. La mayoría pública garantiza el control de la red.
  • Es la ley que separó el negocio aeroportuario (Aena, S.A.) del proveedor de navegación aérea (ENAIRE), antes unidos en una sola entidad.

Red de aeropuertos de interés general (servicio de interés económico general)

  • La ley concibe los aeropuertos de interés general gestionados por Aena como una red gestionada de forma unitaria, que presta un servicio de interés económico general (exposición de motivos, IV; art. 19, definiciones).
  • La red se mantiene como conjunto para garantizar movilidad, accesibilidad y cohesión territorial: los aeropuertos rentables sostienen a los deficitarios.

DORA: Documento de Regulación Aeroportuaria (quinquenal)

  • Art. 23 — crea el DORA (Documento de Regulación Aeroportuaria): el instrumento que fija, por períodos quinquenales (5 años), las condiciones mínimas para garantizar accesibilidad, suficiencia e idoneidad de las infraestructuras y la adecuada prestación de los servicios aeroportuarios básicos de la red de Aena.

Qué aplica a los drones

  • AENA gestiona los aeropuertos y helipuertos: alrededor de ellos hay servidumbres aeronáuticas y zonas de restricción que condicionan el vuelo de UAS (no se vuela cerca de un aeropuerto sin coordinación).
  • ENAIRE, como proveedor de servicios de navegación aérea, es quien publica en España el mapa de zonas geográficas de UAS que el piloto debe consultar antes de volar.
  • Por eso esta ley es la base institucional de dos organismos clave para el operador de drones, aunque no regule directamente el UAS.

Norma citable como nodo; el texto íntegro vive en la fuente oficial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-10517

Relación

aena · enaire · ley-21-2003 · marco-normativo-espana

Fuentes: Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE-A-2014-10517), Título II, Cap. I, Sección 1.ª, arts. 16-20 (rúbricas verificadas en el índice del BOE: 16 Finalidad y objeto · 17 Gestión directa de los aeropuertos de interés general · 18 Cambio de denominación · 19 Definiciones · 20 Competencias) y art. 23 (DORA); concepto de red unitaria / servicio de interés económico general en la exposición de motivos (IV). Participación del 51 % de ENAIRE: estructura societaria vigente de Aena, S.M.E., S.A. Texto íntegro: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-10517

FUENTE ÚNICA: el conocimiento vive en la base normativa de freedrone y se regenera cuando la norma cambia.
Esta nota no sustituye asesoramiento aeronáutico profesional.