Normativa drones Bolivia. ¿Cómo volar un Dron en La Paz?

Normativa drones Bolivia 2026: Bolivia, con el Salar de Uyuni, el Titicaca y los Andes, es un destino espectacular para volar tu dron / UAS. Su normativa, gestionada por la DGAC mediante el Boletín Reglamentario DGAC/107/2020, exige registro a partir de los 200 g y matrícula visible en el equipo. Bolivia no pertenece a EASA, así que tu registro español no es válido. Esta guía recoge, con detalle de operador, todo lo necesario para volar legalmente en 2026.

Normativa drones Bolivia 2026: cómo volar un dron en La Paz

Normativa drones Bolivia 2026 de un vistazo

Resumen de la normativa de drones en Bolivia para 2026 que conviene tener presente antes de despegar:

Autoridad competente Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC)
Marco legal Boletín Reglamentario DGAC/107/2020 · Ley 2902
Registro del dron Obligatorio para drones de más de 200 g
Matrícula Número visible en el equipo
Certificación del piloto Operador de 18 años; comercial con certificado RPAS
Seguro de RC Obligatorio para uso comercial
Altura máxima 120 m (400 pies) AGL
Vuelo nocturno Prohibido sin autorización de la DGAC

Quién regula los drones en Bolivia: la DGAC

La autoridad competente es la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), que regula el uso de drones mediante el Boletín Reglamentario N.º DGAC/107/2020 (de 23 de noviembre de 2020), bajo el amparo de la Ley N.º 2902 de Aeronáutica Civil. Bolivia adhiere además al Convenio de Chicago, cuyo artículo 8 regula las aeronaves sin piloto. Normativa drones Bolivia 2026 parte de la documentación oficial: dgac.gob.bo.

Marco general: categorías y reglas básicas

Bolivia clasifica los drones por peso. Las reglas básicas: volar dentro de la línea de vista (VLOS), no superar los 120 metros, no volar de noche sin autorización y respetar las zonas restringidas. Los drones recreativos de menos de 200 gramos y el aeromodelismo quedan excluidos del ámbito de aplicación; para el uso recreativo con drones de menos de 6 kg no se requiere autorización expresa, pero deben seguirse las reglas operativas generales.

Registro del dron y del operador

El registro es obligatorio para todo dron de más de 200 gramos de peso de despegue. Debe realizarse ante la DGAC para obtener un número de matrícula visible en el equipo. Los drones recreativos de menos de 200 gramos y las aeronaves de aeromodelismo están excluidos. El operador debe tener al menos 18 años para completar el registro. Tu número de operador europeo de AESA no es válido en Bolivia.

Formación y certificación del piloto

Para el uso recreativo con drones de menos de 6 kg no se requiere autorización expresa, pero deben seguirse las reglas operativas generales. Para trabajos aéreos (filmación, topografía, transporte de carga y otros usos comerciales) se requiere autorización previa mediante la presentación de un formulario a la DGAC. El uso comercial exige, además: registro del equipo, certificado de operación RPAS, manual de operaciones aprobado y seguro de responsabilidad civil.

Seguro de responsabilidad civil

El seguro de responsabilidad civil es obligatorio para el uso comercial, junto con el certificado de operación RPAS y el manual de operaciones aprobado. Para el uso recreativo no es exigible, aunque siempre es recomendable contar con una póliza que cubra daños a terceros. Más detalle en nuestra guía de seguros para drones.

Zonas restringidas y altura de vuelo

La altura máxima es de 120 metros (400 pies) AGL, siempre dentro de la línea de vista (VLOS). Los vuelos nocturnos están prohibidos sin autorización específica. Se prohíbe volar cerca de aeródromos, instalaciones gubernamentales o zonas restringidas. Para trabajos aéreos, vuelos nocturnos y actividades especiales se requiere solicitud formal a la DGAC con al menos 10 días hábiles de antelación. Está prohibido transportar materiales peligrosos, realizar fumigaciones, lanzar objetos, operar desde vehículos en movimiento o bajo los efectos del alcohol o las drogas. Todos los incidentes deben reportarse a la DGAC en un plazo de 72 horas.

Salar de Uyuni, Bolivia: el mayor desierto de sal del mundo para volar drones

Salar de Uyuni (Bolivia)

¿Dónde volar un dron en Bolivia en 2026?

Bolivia ofrece algunos de los paisajes más impresionantes del planeta, pero recuerda registrar el dron y respetar las zonas restringidas. Dos enclaves emblemáticos:

  • Salar de Uyuni (zonas periféricas abiertas, fuera de áreas protegidas): el mayor desierto de sal del mundo. Vuelo legal para drones de más de 200 g con registro y número de matrícula visible. Atención: los vuelos nocturnos están prohibidos sin autorización específica de la DGAC.
  • Lago Titicaca (zonas rurales periféricas, fuera de áreas protegidas): el lago navegable más alto del mundo. Vuelo recreativo legal en zonas abiertas. Atención: prohibido cerca de aeródromos, instalaciones gubernamentales o zonas restringidas; operar desde vehículos en movimiento está prohibido.

Lago Titicaca, Bolivia: el lago navegable más alto del mundo para volar drones

Lago Titicaca (Bolivia)

Volar un dron en La Paz

La Paz es exigente: combina el aeropuerto de El Alto (uno de los más altos del mundo), una densidad urbana altísima en plena montaña y los edificios gubernamentales. El vuelo recreativo improvisado en el centro no es viable. Si visitas La Paz con tu dron, respeta las zonas restringidas y reserva el vuelo para el altiplano, el Titicaca o el Salar de Uyuni, siempre con el registro en regla.

Diferencias clave si vuelas con normativa española

Si eres piloto español, ten en cuenta que Bolivia no pertenece a EASA y tiene su propio marco:

  • Registro: tu número de operador de AESA NO sirve; hay que registrar el dron ante la DGAC (más de 200 g) y llevar la matrícula visible.
  • Trabajos aéreos: requieren solicitud formal con 10 días hábiles de antelación.
  • Vuelo nocturno: prohibido sin autorización específica.
  • Incidentes: deben reportarse a la DGAC en un plazo de 72 horas.

Preguntas frecuentes — Normativa drones Bolivia

¿Mi registro de operador español de AESA sirve en Bolivia?
No. Bolivia no pertenece a EASA y tiene su propio marco (DGAC, Boletín Reglamentario 107/2020). Debes registrar el dron ante la DGAC si supera los 200 g.

¿A partir de qué peso hay que registrar el dron en Bolivia?
A partir de 200 gramos de peso de despegue. Los drones de menos de 200 g y el aeromodelismo quedan excluidos. La matrícula debe ir visible en el equipo.

¿Necesito seguro para volar un dron en Bolivia?
El seguro de responsabilidad civil es obligatorio para el uso comercial, junto con el certificado de operación RPAS y el manual de operaciones. Para uso recreativo no es exigible, aunque sí recomendable.

¿Puedo volar de noche en Bolivia?
No sin autorización específica de la DGAC. Los trabajos aéreos y los vuelos nocturnos requieren solicitud formal con al menos 10 días hábiles de antelación.

¿Qué pasa si tengo un incidente con el dron en Bolivia?
Todos los incidentes deben reportarse a la DGAC en un plazo de 72 horas. El incumplimiento de la normativa puede derivar en multas, decomiso del equipo e inhabilitación del operador.

¿Cuál es la altura máxima de vuelo?
120 metros (400 pies) sobre el terreno (AGL), siempre dentro de la línea de vista (VLOS).

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