Hay un número que todo piloto español se sabe de memoria: 250 gramos. Por debajo, la vida es fácil. Por encima, empiezan el registro, la clase y los trámites. Es la primera cifra que se aprende y la que decide qué dron compra mucha gente.
Cruza la verja y ese número deja de existir.
Lo dice su autoridad, con estas palabras
La GCAA —la autoridad de aviación civil de Gibraltar— lo explica en sus preguntas frecuentes sin margen de interpretación:
«In Gibraltar, no distinction is made between SUA weighing less than 250g and SUA of 250g or greater, the same requirements apply to all SUA up to the 25kg weight threshold»
Traducido a lo práctico: tu C0 de 240 gramos, ese que en España vuela en A1 casi sin papeleo, tiene exactamente las mismas obligaciones que un aparato de 20 kilos.
Y la norma en vigor lo deja igual de claro. Desde el 1 de febrero de 2026 rige el CAR OPS 6, el anexo de las Operating (Miscellaneous Aircraft) Regulations 2026 (LN.2026/028): ningún dron vuela sobre Gibraltar sin un permiso especial de la autoridad (OPS 6.010), y la única excepción es volar en interiores (OPS 6.015). No dice «en ciertas zonas». Dice cualquier vuelo al aire libre.
El motivo también está escrito: por la proximidad del aeropuerto y lo congestionado del territorio, las distancias de seguridad no se pueden cumplir, así que se han impuesto limitaciones generales.
Empezando por el vocabulario
Ni siquiera se llama igual. Allí no se dice «UAS»: se dice SUA, small unmanned aircraft, que el CAR OPS 6 define como «any unmanned aircraft, which is remotely piloted and having a mass of not more than 25 kg», contando el combustible y todo lo que lleve montado al despegar.
Es un detalle menor, pero avisa de lo importante: Gibraltar no es EASA ni es la Unión Europea. Nada
del marco europeo se aplica allí de forma automática. La norma es local, y es nueva: el CAR OPS 6
sustituyó a las Civil Aviation (Air Navigation) Regulations 2009, que es lo que citaba hasta hace poco
la propia documentación de la GCAA.
Aquellas normas de 2009 tenían una figura que en España no existe: el dron con cámara llevaba distancias propias. En el CAR OPS 6 esa distinción ya no está, y las distancias pasan al trabajo aéreo: salvo que el permiso diga otra cosa, nada de volar sobre o a menos de 150 metros de una zona poblada o de una concentración al aire libre de más de 1.000 personas, ni a menos de 50 metros de embarcaciones, vehículos o estructuras ajenas; y 30 metros de cualquier persona ajena al despegar y al aterrizar (OPS 6.215).
La buena noticia: tu título español sí vale
Aquí es donde el asunto se vuelve razonable. La GCAA nos lo confirmó por escrito el 28 de septiembre de 2026:
«Certificates issued by AESA are accepted and A1/A3 is acceptable for the Coastal Areas permit»
En corto:
| Tipo de operador | Qué acreditación piden |
|---|---|
| No comercial | tu A1/A3 de AESA (o el Flyer ID del UK CAA) |
| Comercial | el GVC del UK CAA o un curso STS |
No hay que empezar de cero. Lo que hay que hacer es pedir el permiso.
Qué se presenta
Un solo impreso para todo uso de dron, también el que no es comercial: el Aerial Work Permit
Application de la GCAA, que se manda a [email protected]. Con él van copia del documento de identidad,
copia del seguro, el tipo y el número de serie del dron y la prueba de competencia del
piloto. Quien lo pide tiene que tener 18 años (OPS 6.130).
Los operadores comerciales añaden mapa de la ruta prevista, un safety case que demuestre que se han considerado los riesgos de esas zonas y un manual de operaciones aprobado. Para volar por afición, basta con lo anterior.
Dónde se puede volar
Sin ser profesional, en cuatro zonas costeras: Europa Point, Sandy Bay, Rosia Bay y Catalan Bay. En el mapa del permiso cada una es un polígono sobre el agua, delante de su bahía, y se vuela sobre el mar salvo al despegar y al aterrizar. Todo lo de alrededor está prohibido. Las Seaborne Areas que aparecen en otros documentos de la GCAA son de otro modelo de permiso, el de fotografiar la costa y el tráfico marítimo.
El permiso trae además sus condiciones: como mucho 400 pies (unos 120 metros) sobre el suelo y 500 metros desde el punto de despegue, 50 metros de personas, embarcaciones o estructuras ajenas (30 al despegar y al aterrizar), un observador que avise si alguien se acerca y, antes de volar, una llamada a la Gibraltar Defence Police, a la unidad medioambiental del Gobierno (la EPRU, con al menos una hora de antelación) y al oficial de guardia del puerto.
Y la GCAA puede cerrar zonas por Direction cuando lo necesite: tener el permiso no garantiza que la tuya esté abierta ese día.
Cuánto cuesta y cuánto tarda
| Primera vez | Renovación | |
|---|---|---|
| Cada zona costera | 24,50 £ | 13 £ |
| Cualquier otra zona | 93 £ | 62,50 £ |
Se paga por cada zona que eliges, y el triple si lo pides con menos de dos días hábiles de margen (nota 3 del impreso). La GCAA lo emite normalmente en cinco días desde que tiene toda la documentación —es su práctica, no un plazo de la norma— y el permiso dura como máximo 12 meses (OPS 6.135). Al volar, se lleva una copia encima (OPS 6.150).
El trámite entero, paso a paso, está en la ficha del permiso de operación de dron en Gibraltar.
Lo que hay que llevarse de aquí
Que el umbral de los 250 gramos es una regla europea, no una ley de la física. Cambias de jurisdicción y desaparece. Antes de meter el dron en el maletero para un fin de semana en el Peñón, la pregunta no es cuánto pesa: es si tienes el permiso. Y pídelo con una semana de margen: te ahorras el recargo.
