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El reglamento que convierte la detección de fugas de metano en una obligación con la mejor tecnología disponible. Al exigir programas LDAR (Leak Detection and Repair) periódicos en gasoductos, plantas y vertederos, da entrada a la teledetección de gas —OGI y TDLAS— y con ella al dron como plataforma de inspección de corredores e instalaciones.
| Campo | Valor |
|---|---|
| Identificador | Reglamento (UE) 2024/1787 · CELEX 32024R1787 |
| Título | Reducción de las emisiones de metano en el sector energético |
| Publicación | DOUE L, 15-07-2024 (DOUE-L-2024-81093); adoptado el 13-06-2024 |
| Modifica | Reglamento (UE) 2019/942 (ACER) |
| Entrada en vigor | 4-08-2024 (aplicación escalonada por tipo de instalación) |
| Ámbito | UE — directamente aplicable |
| Mecanismo clave | Programas LDAR (detección y reparación de fugas) — art. 14 y anexo I |
| Tecnología | OGI (imagen óptica de gas) + tecnologías avanzadas aprobadas (p. ej. TDLAS) |
Qué es
El Reglamento (UE) 2024/1787 establece normas para medir, notificar y reducir las emisiones de metano (CH₄, gas de efecto invernadero de alto potencial) en el sector energético de la UE —petróleo, gas fósil y carbón—. Es directamente aplicable: no necesita transposición nacional. Sus obligaciones centrales para el operador de instalaciones:
- Programas LDAR (Leak Detection and Repair) — el operador elabora y presenta un programa de detección y reparación de fugas y realiza estudios (surveys) periódicos a intervalos fijados. El anexo I fija los umbrales de detección y distingue campañas Tipo 1 (fugas grandes) y Tipo 2 (más sensible), lo que a su vez marca la tecnología admisible.
- Reparación — las fugas se reparan de inmediato; si la demora supera el plazo corto fijado (del orden de días), debe justificarse y programarse.
- Venteo y quema (flaring) — el venteo rutinario está prohibido (salvo emergencia o necesidad estricta) y la quema rutinaria en antorcha también, con excepciones tasadas.
Plazos LDAR (escalonados — verificar contra el texto por tipo de instalación): presentación del programa LDAR hacia mayo de 2025 para instalaciones existentes, y a los ~6 meses del inicio de operación para las nuevas; primeras campañas de estudio a partir de 2025. Al ser plazos escalonados, no afirmar una fecha concreta sin contrastarla con el articulado y el tipo de instalación.
⚠️ Nota de rigor: el art. 14 (LDAR) y el anexo I (umbrales/técnicas) son la base citada; el reglamento no nombra "dron" —regula el resultado (encontrar y reparar la fuga), no el medio—. Las guías de cumplimiento del sector son las que identifican OGI y TDLAS como técnicas válidas: eso es interpretación de aplicación, no cita literal del articulado.
Lo que afecta al dron
El reglamento no menciona el dron, pero es el motor de negocio detrás de la detección de gas con dron: al obligar a LDAR con la mejor tecnología disponible, crea la demanda de teledetección que el dron cubre mejor que la inspección a pie.
- Tecnología habilitada — OGI (cámara de imagen óptica de gas: "ve" la fuga como una nube) y TDLAS (láser que cuantifica a distancia). Ambas son embarcables en dron; sensores como el Pergam Falcon Plus (TDLAS) apuntan al criterio LDAR "Tipo 2". Ver deteccion-gas-dron.
- Dónde — gasoductos/oleoductos y vertederos (metano de residuos) y refinerías/plantas: mismo patrón de vuelo que la inspección de corredores; el dron sobrevuela la traza a distancia segura y georreferencia cada lectura.
- Encaje EASA — llevar un sensor de gas en vez de una cámara RGB no cambia por sí solo la categoría (reg-2019-947): no suelta carga ni transporta mercancía peligrosa. Lo que puede exigir categoria-especifica es el patrón de vuelo (BVLOS a lo largo del corredor, sobrevuelo de instalación industrial), no el sensor. Ningún dron comercial tiene certificación ATEX: la aproximación a zona clasificada se hace bajo el permiso de trabajo del titular, no dentro de ella.
Relación
deteccion-gas-dron · caso-infraestructuras-lineales · categoria-especifica · matriz-empleabilidad · reg-2019-947
Fuentes:
- EUR-Lex — Reglamento (UE) 2024/1787 (CELEX 32024R1787; DOUE L de 15-07-2024): https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=OJ%3AL_202401787 · ELI http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1787/oj · resumen oficial: https://eur-lex.europa.eu/ES/legal-content/summary/reducing-methane-emissions-in-the-energy-sector.html
- DOUE / BOE (referencia):
DOUE-L-2024-81093. - Técnicas OGI/TDLAS y plazos LDAR según guías de cumplimiento del sector (interpretación de aplicación, no cita literal): p. ej. Apliter / FLIR / Gleiss Lutz. Ver la ficha de síntesis deteccion-gas-dron para el detalle de sensores.
- Verificado 2026-07-20. ⚠️ Validación pendiente: número de artículo del régimen de venteo/quema y plazos LDAR exactos por tipo de instalación (contrastar contra el texto consolidado).