🏛️ CAPA OFICIAL — fuente primaria (BOE / EUR-Lex / EASA). Manda sobre todo lo demás.
Qué regula: Ley que fija las competencias de la Administración en aviación civil y el régimen sancionador (Título V). Es la base legal de toda multa de AESA a un piloto de dron.
Vigencia: Vigente. Actualizada para incluir infracciones específicas de UAS (art. 45 ter).
Artículos clave para drones (citar contra el texto crudo)
- Art. 6 — Comisión Interministerial que puede crear zonas geográficas de UAS particulares.
- Art. 45 ter — infracciones específicas en materia de UAS (leves/graves/muy graves). Rúbrica oficial: «Infracciones en relación con la utilización de sistemas de aeronaves no tripuladas ("UAS")». (No confundir con el 45 bis, que es de asistencia y compensación a los pasajeros — no aplica a drones.)
- Art. 55 — DOS escalas (versión vigente
BOE-A-2025-19339, 20-10-2025): - 55.1 general (particular): leve apercibimiento o 60–45.000 € · grave 45.001–90.000 € · muy grave 90.001–225.000 €.
- 55.2 comercial — «personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades… con carácter comercial o a cambio de una contraprestación económica no salarial»: leve apercibimiento o 4.500–70.000 € · grave 70.001–250.000 € · muy grave 250.001–4.500.000 €. ⚠️ Al piloto que cobra le aplica ESTA, no la de 225.000 €.
- 55.3 — si se conoce el beneficio bruto, las graves/muy graves comerciales pueden subir hasta el doble/triple de ese beneficio (4,5 M no es tope absoluto). → Detalle y cadena completa en sanciones-responsabilidad.
- Título V — procedimiento sancionador completo (instrucción, graduación, resolución, recurso).
- Alcohol/sustancias — el piloto UAS se somete a pruebas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LO 2/1986).
Relación
sanciones-responsabilidad · aesa · guardia-civil-pegaso · rd-517-2024 · ley-48-1960
Norma primaria oficial. Toda cita del wiki debe apuntar aquí (artículo exacto).