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Cuba — normativa de drones

Integra fuentes; la autoridad está en las normas que cita.

ACTUALIZADO 2026-07-07 · VIGENTE ✓

Cuba — normativa de drones — Bandera de Cuba (dominio público)
FOTO: Bandera de Cuba (dominio público)

🧩 SÍNTESIS IA — integra fuentes; la autoridad está en las normas que cita al pie (Fuentes).

Fuera de EASA (marco propio; ver marco-por-region). Autoridad: MINCOM (Ministerio de Comunicaciones, no aviación civil). El registro/licencia de AESA NO vale.

PROHIBIDO para turistas sin autorización técnica previa del MINCOM. La práctica habitual es la confiscación inmediata en la aduana. Recomendación oficial de la fuente: no transportar drones a Cuba.

Campo Valor
Situación PROHIBIDO a turistas sin autorización técnica del MINCOM
Marco Resolución n.º 1/2026 del MINCOM (endurece el control, ligada a la Ley de Seguridad Nacional)
Autoridad MINCOM (los drones se tratan como equipo de radiofrecuencia, no como aeronave civil)
Aduana Confiscación inmediata habitual
Sanciones Multa de hasta 3× el valor del equipo + posible detención
Mapa de vuelo No existe mapa público

Particularidades

  • Caso de país prohibido: el control es de seguridad nacional / telecomunicaciones, no aeronáutico. La única vía legal es la autorización técnica del MINCOM, inviable para el turista particular.
  • Alternativas legales: material de archivo con licencia, productoras locales autorizadas, tomas desde miradores.
  • Emparenta con los otros marcos restrictivos que se verán en África/Oriente Medio (egipto, marruecos).

Fuente: normativa-drones-cuba.

FUENTE ÚNICA: el conocimiento vive en la base normativa de freedrone y se regenera cuando la norma cambia.
Esta nota no sustituye asesoramiento aeronáutico profesional.