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Marruecos — normativa de drones

Integra fuentes; la autoridad está en las normas que cita.

ACTUALIZADO 2026-07-07 · VIGENTE ✓

Marruecos — normativa de drones — Bandera de Marruecos (dominio público)
FOTO: Bandera de Marruecos (dominio público)

🧩 SÍNTESIS IA — integra fuentes; la autoridad está en las normas que cita al pie (Fuentes).

Fuera de EASA (marco propio; ver marco-por-region). Autoridades: Ministerio de Comercio Exterior + Autoridad de Aviación Civil. El registro/licencia de AESA NO vale.

PROHIBIDO el uso civil (marroquíes y extranjeros). Importación vetada; confiscación en aduana extremadamente común, también en Ceuta y Melilla. Recomendación: no viajar a Marruecos con un dron.

Campo Valor
Situación Uso civil prohibido sin autorización previa (aplica a ciudadanos y extranjeros)
Marco Decreto n.º 386-15 (6-oct-2015): prohíbe importación, comercialización y uso
Autoridad Ministerio de Comercio Exterior (controla la importación) + Aviación Civil
Aduana Confiscación rutinaria en aeropuertos y frontera terrestre Ceuta/Melilla
Excepción Autorización previa del Min. Comercio Exterior (inviable para turista)

Particularidades

  • 🇪🇸 Especialmente relevante para pilotos españoles: destino muy habitual, y la confiscación en los pasos de Ceuta y Melilla es tan común como en los aeropuertos.
  • El veto es desde la frontera (el dron ni entra), no solo sobre dónde volar.

Fuente: normativa-drones-marruecos.

FUENTE ÚNICA: el conocimiento vive en la base normativa de freedrone y se regenera cuando la norma cambia.
Esta nota no sustituye asesoramiento aeronáutico profesional.