🛒 CATÁLOGO FPV · DATO DEL FABRICANTE — datos del fabricante, con su fuente al pie. No lo hemos probado. No es normativa: lo que dice la norma está en las fichas que enlaza el apartado del encaje.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Receptor de vídeo analógico (VRX) RushFPV XSPAN VRX 4.8G-6.1G, para 4,8-6,1 GHz, según su fabricante.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Marca: RushFPV · Estado: a la venta.
Especificaciones
| Dato | Valor | Lo que dice el fabricante |
|---|---|---|
| Banda | 4,8-6,1 GHz | «4.8G-6.1G XSPAN VRX Receiver Module Kit» |
No lo publica el fabricante: canales, sensibilidad, tensión de entrada, peso.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Cautelas sobre estos datos
- La tienda oficial no publica más ficha técnica que el nombre del producto: la banda sale de él.
Encaje normativo en España
Receptor de vídeo. No emite: la banda y la potencia que cuentan son las del transmisor con el que hace pareja, y para ese transmisor vale lo que sigue. En España, emitir sin título habilitante solo cabe en las bandas y con las características de uso común del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (art. 10.2 del RD 123/2017); fuera de ellas hace falta título habilitante (art. 11.1), y una nota del cuadro que no diga «uso común» se entiende de uso privativo (la norma del espectro).͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
En 5,8 GHz, el uso común es la banda de 5725-5875 MHz con 25 mW p.i.r.e. (nota UN-115 del CNAF), y la p.i.r.e. cuenta también la ganancia de la antena. Por encima de 25 mW, o en canales de 5650 a 5725 MHz, ya no es uso común: es el uso especial de los radioaficionados, que pide una autorización individual tras superar su prueba (arts. 5.1 y 10 de la Orden IET/1311/2013). Y en 5,8 GHz la licencia de radioaficionado sola no basta: de 5650 a 5850 MHz, salvo las subbandas de 5700-5720 y 5760-5762 MHz, hace falta además una autorización especial de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (art. 16.1 y disposición adicional segunda de esa orden). Por encima de 5875 MHz no hay ni uso común ni banda de aficionados.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
En 4,8-5,65 GHz, de las bandas de uso común que usa el FPV en España solo cae dentro la de 5150-5250 MHz, que es para redes de área local (nota UN-128 del CNAF): 200 mW p.i.r.e., restringida al interior de recintos, vehículos, trenes y aeronaves, con un uso limitado al aire libre, y la nota no nombra los drones. Fuera del uso común, emitir necesita título habilitante (art. 11.1 del RD 123/2017).͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
La licencia de radioaficionado, en las bandas que abre, no ampara emitir con fines comerciales, publicitarios o lucrativos (art. 8.1.b de la Orden IET/1311/2013). Usar frecuencias sin la autorización que hace falta es infracción grave, con multa de hasta 2 millones de euros (arts. 107.5 y 109.1 de la Ley 11/2022); sin la autorización de uso especial de radioaficionado, leve (art. 108.3).͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
El equipo, además: para venderse en la UE necesita marcado CE y declaración UE de conformidad (Directiva 2014/53/UE); sin ella, usarlo pide antes la autorización de uso temporal de equipos cuya conformidad no ha sido evaluada. Todo, en la autorización de radio.͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏͏
Fuentes
- Página oficial del producto (consultada el 05-11-2026)