Normativa Drones Portugal ¿Cómo volar un Dron / UAS en Lisboa?
Portugal, con su encanto histórico, arquitectura cautivadora y paisajes impresionantes, brinda un entorno igualmente espectacular para aquellos apasionados por la fotografía y videografía aérea con drones. Sin embargo, antes de elevar tu dron sobre este hermoso país situado en la costa atlántica, es fundamental familiarizarse con las regulaciones locales y los pasos necesarios para obtener las autorizaciones requeridas. En este artículo, te proporcionaré una guía detallada sobre cómo volar drones en Portugal en el año 2024, para que puedas aprovechar al máximo tu experiencia dronística en esta tierra lusa. Volar Dron en Portugal
Página WEB Oficial Drones Portugal:
La ANAC, o Autoridad Nacional de Aviación Civil, es la entidad encargada de supervisar y regular la aviación civil en Portugal. Su objetivo principal es garantizar la seguridad, eficiencia y sostenibilidad de la aviación en el país. La ANAC establece y hace cumplir regulaciones y normativas relacionadas con la aviación civil, lo que incluye la regulación de drones y aeronaves no tripuladas en el espacio aéreo portugués. Además, se encarga de emitir autorizaciones y permisos necesarios para actividades relacionadas con la aviación y trabaja para garantizar que las operaciones aéreas se lleven a cabo de manera segura y respetando las normativas establecidas.
Para volar un dron en Portugal, debes seguir las regulaciones y normativas establecidas por la Autoridad Nacional de Aviación Civil (ANAC). Aquí tienes los pasos básicos que debes seguir:
- Regístrate: Si planeas utilizar un dron en Portugal, debes registrarte como operador de drones en el sitio web de ANAC. Debes proporcionar tus datos personales y los detalles de tu dron.
- Clases de drones: Los drones se dividen en tres categorías según su peso y características. Asegúrate de conocer la categoría de tu dron, ya que las reglas varían según la clase.
- Seguro de responsabilidad civil: Debes tener un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros en caso de un accidente con tu dron.
- Limitaciones de vuelo: Debes respetar las siguientes limitaciones de vuelo:
- No volar a más de 120 metros de altura sobre el suelo.
- No volar a una distancia de más de 500 metros de tu posición.
- No volar sobre multitudes, eventos, ni cerca de aeropuertos.
- Mantén tu dron dentro de tu línea de visión en todo momento.
- Zonas restringidas: Hay zonas en Portugal donde está prohibido volar drones. Asegúrate de consultar los mapas proporcionados por ANAC para conocer estas áreas.
- Autorización especial: Si planeas volar en áreas controladas por el tráfico aéreo, debes obtener una autorización especial.
- Cumple con la privacidad: Respeta la privacidad de las personas y evita tomar fotos o videos de propiedades privadas sin permiso.
- Marcaje del dron: Tu dron debe llevar una etiqueta con tu nombre, dirección y número de teléfono.
- Cumplir con las normativas de la Unión Europea: Portugal sigue las normativas de la Unión Europea para drones, por lo que debes cumplir con las regulaciones específicas de la UE.
Es importante que verifiques las regulaciones actuales y te mantengas actualizado, ya que las normativas pueden cambiar con el tiempo. Además, ten en cuenta que incumplir estas regulaciones puede resultar en sanciones y multas. Siempre prioriza la seguridad y la responsabilidad al volar un dron en Portugal o en cualquier otro lugar.
Aplicación mapa UAS / Drones Portugal
Mapa interactivo en el que podemos consultar todos los espacios aéreos afectados para vuelos con RPA (drone, UAV) en España y Portugal. IcarusRPA es una herramienta basada en mapas que nos mostrará de forma gráfica las limitaciones al vuelo de RPAs (drone) en el territorio español.
Los pilotos remotos en categoría abierta no requieren autorización operativa de la ANAC.
ANAC
Categoría Abierta
La Categoría de Operaciones Abiertas (OPEN) contiene 3 subcategorías de operaciones de aeronaves no tripuladas consideradas a la luz de la regulación de bajo riesgo. Los operadores de UAS que operen en las subcategorías deben utilizar una aeronave no tripulada con una masa máxima de despegue inferior a 25 kg, comercializada en el mercado único con un marcado de conformidad de clase europea (CE). Existen, no obstante, algunas excepciones, tal y como se contemplan en las normas transitorias y particulares del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 en su versión consolidada. Estas excepciones se detallan en las subcategorías.
Los pilotos remotos en categoría abierta no requieren autorización operativa de la ANAC.
Los operadores de categoría abierta operan de acuerdo con las siguientes reglas operativas generales (se aplican a todas las subcategorías, A1, A2 y A3):
- Operar VLOS (en línea de visión);
- No pueden volar en zonas prohibidas u operativamente restringidas de aeropuertos o helipuertos (artículo 11 y anexo del Reglamento ANAC n.º 1093/2016 hasta que se haya implementado el artículo 15 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 );
- Operan a un máximo de 120 m sobre el suelo;
- Operan en aeródromos y helipuertos civiles, sin CTR o ATZ/TRMZ o con ATZ/TRMZ (en espacio aéreo no controlado) hasta 120 m de la superficie con autorización del Director de Aeródromo (no se requiere autorización de ANAC), según lo previsto en el el artículo 6° y 7° del Reglamento ANAC N° 1093/2016 ;
- Los planeadores pueden operarse hasta 120 m sobre el terreno, pero nunca a 120 m por encima del piloto remoto (piloto remoto en la cima de una montaña operando la aeronave sobre un valle);
- Podrán volar 15 m por encima de un obstáculo artificial de más de 105 m de altura, siempre y cuando no se encuentren a más de 50 m de distancia del obstáculo y previa solicitud de la entidad responsable;
- Pueden volar de noche y de día (sin autorización de la ANAC).
En operaciones de categoría abierta, los aviones no tripulados no pueden sobrevolar concentraciones de personas.
Los operadores y pilotos remotos deberán cumplir con las condiciones operativas o de acceso de las zonas geográficas , las cuales están publicadas en el Reglamento ANAC N° 1093/2016, de 14 de diciembre .
Categoría Específica
Registro_para_volar_en_Portugal_guia_r_pido_vs_16dez2019_1929.pt_.es_Si no te carga una página del .PDF, dale al ZOOM!