¿Qué es un EARO? Formato EARO Modelo Categoría Abierta
La Evaluación y Atenuación de Riesgos Operacionales (EARO), es el documento mediante el cual coordinamos con los proveedores ATS para poder volar en espacio aéreo controlado y/o en entorno aeroportuario.
El EARO es equivalente al Estudio Aeronáutico de Seguridad que antes de la entrada en vigor se requería para vuelos de drones en Espacio Aéreo Controlado.
El EARO debe confeccionarse para la categoría abierta y los escenarios estándar por separado, es decir necesitamos:
- Un EARO para categoría abierta y las categorías en las que podamos volar en función del MTOM del dron.
- Un EARO para categoría específica para el escenario STS-ES-01
- Un EARO para categoría específica para el escenario STS-ES-02
- Un EARO para categoría específica para cada autorización de la que dispongamos en categoría específica
Debemos elaborar el EARO, basado en la metodología SORA y presentarlo al proveedor de servicios ATS, el cual lo revisará y, si es correcto, nos lo remitirá firmado y autorizado, pasando a ser nuestra evidencia de coordinación con el proveedor ATS.
Una vez conseguida la evidencia de coordinación ya podremos volar dentro del espacio aéreo controlado y/o espacio aeroportuario solicitando la autorización específica para cada vuelo en particular.
Es importante tener en cuenta los plazos que el proveedor de servicios ATS tarda en tramitarlo, como norma general, aunque no siempre se dan estos plazos debes contar que los tiempos de tramitación son:
- ENAIRE
- SAERCO
- FERRANATS
- Otros proveedores, como el Ministerio de Defensa entre 7 y 15 días
+ Info sobre permisos de vuelo
Formato EARO Modelo Categoría Abierta
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Guía para la obtención de EARO con los diferentes ATSP, para operación con UAS en CTR
Lo primero que es importante conocer, es el hecho de que actualmente en el Reino de España, el ministerio de Fomento tiene adjudicados los servicios de tránsito aéreo de sus aeropuertos principales, a los siguientes proveedores civiles:

Adicionalmente, el ministerio de Defensa es el ATSP, para todos los aeropuertos e estructuras aeronáuticas de carácter militar, de cualquiera de los tres ejércitos, a través de las diferentes ATS en cada instalación
Cuando se necesita coordinar, para realizar una operación con UAS, en un espacio CTR español, es necesario gestionar un EARO.
El EARO es un documento que da evidencia escrita de que se ha realizado una coordinación de operación en CTR, con alguno de los ATSP antes mencionados. Asimismo, cuando éste se encuentre validado por el jefe del aeródromo militar, constituye evidencia de la coordinación del estudio aeronáutico de seguridad, en cumplimiento del artículo
45.3.c del Real Decreto 1180/2018, y del procedimiento de coordinación con el proveedor de servicios, de conformidad con el UAS.SPEC.040.1. b del Reglamento (UE) de Ejecución 2019/947, así como evidencia de coordinación con el gestor de aeródromo o responsable de la infraestructura según el artículo 45.3.b del Real Decreto 1180/2018 y 24.2 del Real Decreto 1036/2017.
Requisitos previos:
Para solicitar la coordinación para una operación en CTR es imprescindible disponer de los siguientes documentos y certificaciones:
- Estar registrado como operador de UAS en AESA (ver el fijado para realizar los trámites).
- Haber realizado declaración operacional de escenario estándar STS-ES-01 o 02 según el tipo de operación (VLOS y/o BVLOS) en AESA.
- El operador debe de disponer de un Manual de Operaciones actualizado y conforme a la normativa mencionada en el párrafo anterior.
- El operador debe disponer de un seguro de responsabilidad civil, asociado a la aeronave que se utilizará en la operación y ajustado a su actividad, esto es, recreativa o profesional según sea el caso y que cubra las cantidades que se requieren en la actualidad. (para su contratación consultar el fijado)
- Los pilotos que se declaren en el EARO deben tener certificación de piloto avanzado según RD 1036/2017, o en su defecto la formación aprobada de nivel 3, es decir para operaciones específicas.
- Es necesario comprobar, con independencia de su condición de CTR, si la zona de la operación requiere de permisos o coordinaciones adicionales, por su condición de zona natural protegida, aeródromo, helipuerto o zona ZRVF, para tramitar los correspondientes permisos adicionales.
- Titulación de radiofonista aeronáutico. Con independencia de si la comunicación durante la operación se realice mediante teléfono o con emisora, es requisito.
- El o los drones que se utilicen en la operación deben estar anotados en el registro del operador de AESA.
Procedimiento:
Una vez que se disponga de la documentación y se cumplan los requisitos anteriormente descritos, se procederá a contactar con el ATSP que corresponda a la zona programada de vuelo, manifestando la intención de coordinación y solicitando el formulario de EARO asociado a ese ATS, si no se dispone ya de él.
Se cumplimentará el documento remitiendo evidencia de todos los requisitos mencionados en el apartado anterior. Adicionalmente el ATS esta autorizado a solicitar documentación adicional al operador, tales como Log de vuelos, EAS especifico en caso de operaciones de alto riesgo o cualquier otra a la que obliga la normativa vigente.
Una vez que el ATS haya revisado toda la documentación, si es conforme, el ATS remitirá su conformidad y solicitará al operador la firma del EARO y que se le devuelva firmado. El EARO quedará validado cuando el operador lo reciba firmado.
La validez de cada EARO es de, al menos, un año, siempre y cuando las operaciones que se hagan a su amparo, se ajusten a las características que rezan al principio del documento las certificaciones y pólizas que se remitieron, no hayan caducado por cualquier motivo.
Operación:
Una vez cumplimentados todos los pasos descritos en el procedimiento y con la antelación que el EARO describe.
El día antes de la operación (recomendado) o hasta como mínimo 60 minutos antes de la hora de inicio de la operación, presentar plan de vuelo para los servicios de tránsito aéreo (FPL) según la guía de ENAIRE disponible en su web
- Antes del vuelo:
- Comprobar la correcta presentación del plan de vuelo ATS.
- Boletín de Información Previa al vuelo (PIB) y/o NOTAM y meteorología en la zona de operaciones.
- 30 minutos antes del inicio de operaciones: contactar con el ATC para confirmar la operación.
- Antes del inicio del vuelo: contactar con el ATC para obtener la autorización de vuelo (despegue).
- Tras finalizar operaciones:
- contactar con el ATC e informar de la finalización de las operaciones.
NOTA IMPORTANTE: La ausencia de respuesta por parte de cualquiera de los ATSP NO autoriza la operación